SERVIAN, SUSANA NATALIA c/ EMPRESARIOS T.A. DE PASAJEROS S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demandantes reclamaron daños y perjuicios por el accidente vial ocurrido el 16/09/2018 entre un colectivo de la línea 24 y un Audi A1. La Cámara modificó la sentencia de grado: rechazó la demanda contra el chofer Gustavo Russo, la empresa ETAPSA y su aseguradora Argos, y condenó en su lugar a Marisel Núñez Almada y a Nación Seguros S.A., por haber probado que Núñez cruzó con luz roja.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Laura Sonia Sánchez, Anahí Micaela Ruíz y Susana Natalia Servian (actoras en autos acumulados).
Demandado: inicialmente "Empresarios Transporte Automotor de Pasajeros S.A." (ETAPSA), su chofer Gustavo Enrique Russo, y sus aseguradoras (Argos). También se demandó a Marisel Núñez Almada y su aseguradora Nación Seguros S.A. (citada en garantía).
Objeto: resarcimiento por daños y perjuicios (incapacidad psicofísica sobreviniente, daño moral, gastos, etc.) derivados del siniestro vial ocurrido el 16/09/2018 en la intersección de Jean Jaures y Av. Corrientes.
Decisión: la Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada y rechazó la demanda contra Gustavo Enrique Russo, ETAPSA y su seguro Argos, condenando en su reemplazo a Marisel Núñez Almada y a Nación Seguros S.A., con los alcances indicados en el considerando VIII; confirmó lo demás que fue materia de agravios; e impuso costas a los accionados vencidos. (Corresponde la aplicación literal del bloque dispositvo transcripto en la sección 0).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre las filmaciones DOMO y la prueba decisiva: "En la especie, existe un elemento adicional que permite ayudar de dirimir la contienda. Y con ello me refiero concretamente a las filmaciones recibidas en esta instancia e incorporadas digitalmente en el expediente n° 4269/2019. Allí se pueden visualizar las grabaciones captadas por las cámaras de seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (“DOMO”), ... que resultan -en rigor de verdad
- sumamente esclarecedoras." (texto del considerando VI). El tribunal reproduce imágenes con fecha y hora: "A las 02:40:07 el semáforo se hallaba en rojo para los vehículos que transitaban por Jean Jaures." y continúa con las sucesivas capturas hasta concluir que el colectivo reanudó la marcha con semáforo en verde y que "no caben dudas que el colectivo se encontraba habilitado para realizar el cruce. No así, respecto a Núñez quien efectivamente avanzó con la luz roja del semáforo."
- Sobre la consecuencia jurídica: "Así, la valoración conjunta del material probatorio según criterios racionales y las reglas de la sana crítica (art. 386 CPCCN), me lleva a diferir con la solución adoptada por el juez de grado. Se encuentra suficientemente acreditada la eximente legal invocada por la empresa de transportes y su aseguradora, esto es, el hecho de un tercero -Marisel Núñez Almada
- por quien no deben responder." (considerando VI).
- Sobre condenas y montos confirmados: el tribunal confirmó las sumas por incapacidad psicofísica fijadas en primera instancia: "$2.600.000 para Laura Sonia Sánchez y de $7.000.000 para Susana Natalia Servian" (considerando VII), y mantuvo el régimen de intereses y demás rubros en lo que no fue materia de modificación.
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia; ambos jueces (Benavente y González Zurro) suscriben el acuerdo.
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