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SERVIAN, SUSANA NATALIA c/ EMPRESARIOS T.A. DE PASAJEROS S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demandantes reclamaron daños y perjuicios por el accidente vial ocurrido el 16/09/2018 entre un colectivo de la línea 24 y un Audi A1. La Cámara modificó la sentencia de grado: rechazó la demanda contra el chofer Gustavo Russo, la empresa ETAPSA y su aseguradora Argos, y condenó en su lugar a Marisel Núñez Almada y a Nación Seguros S.A., por haber probado que Núñez cruzó con luz roja.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Semaforo Prueba audiovisual (domo) Hecho de tercero Aseguradora Incapacidad psicofisica Dano moral Costas Modificacion de sentencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Laura Sonia Sánchez, Anahí Micaela Ruíz y Susana Natalia Servian (actoras en autos acumulados). Demandado: inicialmente "Empresarios Transporte Automotor de Pasajeros S.A." (ETAPSA), su chofer Gustavo Enrique Russo, y sus aseguradoras (Argos). También se demandó a Marisel Núñez Almada y su aseguradora Nación Seguros S.A. (citada en garantía). Objeto: resarcimiento por daños y perjuicios (incapacidad psicofísica sobreviniente, daño moral, gastos, etc.) derivados del siniestro vial ocurrido el 16/09/2018 en la intersección de Jean Jaures y Av. Corrientes. Decisión: la Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada y rechazó la demanda contra Gustavo Enrique Russo, ETAPSA y su seguro Argos, condenando en su reemplazo a Marisel Núñez Almada y a Nación Seguros S.A., con los alcances indicados en el considerando VIII; confirmó lo demás que fue materia de agravios; e impuso costas a los accionados vencidos. (Corresponde la aplicación literal del bloque dispositvo transcripto en la sección 0).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre las filmaciones DOMO y la prueba decisiva: "En la especie, existe un elemento adicional que permite ayudar de dirimir la contienda. Y con ello me refiero concretamente a las filmaciones recibidas en esta instancia e incorporadas digitalmente en el expediente n° 4269/2019. Allí se pueden visualizar las grabaciones captadas por las cámaras de seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (“DOMO”), ... que resultan -en rigor de verdad
- sumamente esclarecedoras." (texto del considerando VI). El tribunal reproduce imágenes con fecha y hora: "A las 02:40:07 el semáforo se hallaba en rojo para los vehículos que transitaban por Jean Jaures." y continúa con las sucesivas capturas hasta concluir que el colectivo reanudó la marcha con semáforo en verde y que "no caben dudas que el colectivo se encontraba habilitado para realizar el cruce. No así, respecto a Núñez quien efectivamente avanzó con la luz roja del semáforo."
- Sobre la consecuencia jurídica: "Así, la valoración conjunta del material probatorio según criterios racionales y las reglas de la sana crítica (art. 386 CPCCN), me lleva a diferir con la solución adoptada por el juez de grado. Se encuentra suficientemente acreditada la eximente legal invocada por la empresa de transportes y su aseguradora, esto es, el hecho de un tercero -Marisel Núñez Almada
- por quien no deben responder." (considerando VI).
- Sobre condenas y montos confirmados: el tribunal confirmó las sumas por incapacidad psicofísica fijadas en primera instancia: "$2.600.000 para Laura Sonia Sánchez y de $7.000.000 para Susana Natalia Servian" (considerando VII), y mantuvo el régimen de intereses y demás rubros en lo que no fue materia de modificación.
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia; ambos jueces (Benavente y González Zurro) suscriben el acuerdo.

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