Logo

IRUJO, ALICIA INES c/ EN-ARCA-RESOL 598/19 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora promovió acción declarativa contra AFIP solicitando la inconstitucionalidad de normas que permiten la aplicación del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y el reintegro de retenciones. La Cámara desestimó los agravios de ambas partes y confirmó la decisión que ordenó el cese de retenciones y el reintegro de las sumas no prescriptas, distribuyendo las costas en el orden causado.

Impuesto a las ganancias Jubilados Vulnerabilidad Inconstitucionalidad Reintegro Retenciones previsionales Intereses Afip Costas Jurisdiccion contencioso administrativa federal


¿Quién es el actor?

Alicia Ines Irujo.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y, por su intermedio, la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se declare la inconstitucionalidad de diversos preceptos de la ley de Impuesto a las Ganancias (entre otros art. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 y sus modificaciones, leyes 27.617, 27.667 y 27.701, decretos y resoluciones AFIP) que justifican la aplicación del impuesto sobre haberes previsionales; además, el cese de retenciones y el reintegro de las sumas retenidas más intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó los agravios formulados por la parte demandada y por la actora y distribuyó las costas de esta instancia en el orden causado, con remisión al Juzgado n.º 10.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados, resulta insuficiente si no se pondera la vulnerabilidad vital del colectivo concernido" (considerando 17); "la omisión de disponer un tratamiento diferenciado para aquellos beneficiarios en situación de mayor vulnerabilidad que se encuentran afectados por el tributo (en especial, los más ancianos, enfermos y discapacitados), agravia la Constitución Nacional" (considerando 23). 2) "Por tanto, dado que la situación de vulnerabilidad de la actora se encuentra debidamente acreditada, ya que es una adulta mayor jubilada, debe confirmarse la decisión apelada." 3) Sobre intereses y apelaciones a normas distintas: "(i) El 'Código Fiscal' invocado no tiene aplicación sobre el impuesto a las ganancias ... (ii) La tasa de interés prevista en la resolución n° 314/2024 no fue aplicada por el juez en su sentencia. En consecuencia, la actora carece de un gravamen en su queja. (iii) El planteo de inconstitucionalidad de la tasa de interés fijada en la resolución nº 3/2024 del Ministerio de Economía resulta tardío, pues no fue introducido en la demanda ... Por consiguiente, la tasa que corresponde aplicar a las sumas cuyo reintegro aquí se reconoce es la que está prevista en el artículo 4° de la resolución n° 3/2024 y en el artículo 3 de las resoluciones nºs 199/2025 y 823/2025 (Ministerio de Economía) según la vigencia temporal de esas normas."
- Votos en disidencia: no consta voto en disidencia en la parte dispositiva; la decisión se consigna por mayoría de la sala (se deja constancia de vacancia de un cargo).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar