B , B R c/ F , H O Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamó indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito entre una moto y un automóvil en Av. Díaz Vélez (Ramos Mejía). La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios del actor, entendiendo acreditada la eximente del hecho de la víctima por un adelantamiento indebido que hizo al actor concurrente la causal del siniestro.
¿Quién es el actor?
B R B (denominado en autos como Berardi/B.B.R.).
- Demandado(s): H O F (conductor del Fiat Palio) y Y R (propietaria), y la citada en garantía P C A de S S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Pretensión resarcitoria por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 27/11/2021 en Av. Díaz Vélez e intersección con Emilio Mitre, donde la moto del actor fue embestida por el automóvil.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda del actor y condenó en costas de Alzada al actor, por mayoría. La Cámara consideró acreditada la eximente alegada por la aseguradora (hecho de la víctima) y, por ende, inexistente obligación de indemnizar por parte del demandado/aseguradora en los términos reclamados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"De acuerdo a la prueba producida, valorada conforme las reglas de la sana crítica (art. 386 del CPCC) se encuentra 'acreditada la eximente de responsabilidad alegada por la citada en garantía en su responde (art. 1729 del CCCN)', en tanto 'la versión de los hechos expuesta por el asegurado ha sido acreditada con la declaración del testigo A'."
"Si bien es cierto que el perito mecánico ha confundido el sentido de circulación del rodado del actor en el croquis ... el sobrepaso que realizó la moto respecto del auto que la precedía, fue o por la línea imaginaria que divide ambas manos o por la vía contraria. Ambas actitudes reprochables y eximentes de la responsabilidad del accionado."
"En definitiva, se ha corroborado que pese a encontrarse en las inmediaciones de la encrucijada en cuestión, B no solo no guardaba con el vehículo que lo precedía la debida distancia ... sino que intentó una maniobra de adelantamiento indebida, conforme surge del testimonio de A, lo que a su vez determinó que emprendiera el cruce a ciegas por el costado del auto que había frenado."
- Disidencia relevante (identificada como tal):
La Dra. Marcela Pérez Pardo, en disidencia, propuso modificar la sentencia de grado y atribuir responsabilidad concurrente en 50% a cada conductor, por entender acreditada negligencia del conductor que ingresó desde Emilio Mitre y también imprudencia del actor por adelantar. Entre sus expresiones: "considero que también el actor incurrió en una clara infracción ... Debo disentir ... corresponde modificar la responsabilidad atribuida por el Magistrado interviniente ... propongo revocar la sentencia, y atribuir al demandado el cincuenta por ciento (50%) de la responsabilidad ... correspondiendo el restante cincuenta por ciento (50%) de responsabilidad, al obrar del propio actor." Esta posición quedó en minoría.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: