ARCA c/ HERRERA ROBERTO GABRIEL s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra Herrera por deuda tributaria de $11.217.083,22. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución y habilitó a la AFIP para proceder hasta obtener el pago íntegro, imponiendo costas a la demandada y facultando embargos e inhibiciones en caso de insuficiencia de fondos.
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.), representando el fisco nacional.
¿A quién se demanda?
HERRERA ROBERTO GABRIEL.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $11.217.083,22, conforme a la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra el demandado, quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $11.217.083,22 con más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se autorizó la inhibición general de bienes si el embargo bancario resultara negativo o insuficiente; y se ordenaron pautas para la imputación de fondos y la liquidación de la deuda, con posibilidad de impugnación administrativa en cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones)."
2) "Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
3) "Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..."
No hubo votos en disidencia consignados en el expediente; la resolución que aquí se resume corresponde al pronunciamiento final del Juzgado.
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