DECROCE, OLGA c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA
La actora promovió ejecución de sentencia contra ANSeS por reajuste de haberes; la Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y revocó la regulación de honorarios del perito contador, fijándolos en $31.200 y ordenando además costas a la demandada y regular honorarios de la Alzada en 30% de lo que se fije en primera instancia.
¿Quién es el actor?
DECROCE, Olga.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia por reajustes/previsionales y aprobación de planilla de liquidación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en los términos expuestos, revocó la regulación de honorarios del perito contador (debía estarse a lo dispuesto en el considerando 4°), impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y reguló los honorarios de los profesionales de la Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; ordenó además la devolución de autos al juzgado de origen. No participó del acuerdo el Dr. Fernando Lorenzo Barbará por cese en sus funciones.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"4. Respecto al honorario del perito contador, teniendo en cuenta el monto de la planilla que por el presente acuerdo se confirma, la extensión y calidad de las tareas efectivamente desarrolladas, el resultado obtenido y lo establecido por los artículos 16, 19, 20, 24, 30, 41, 51 y 61 de la ley 27.423 y 478 del CPCCN, se advierte que la suma regulada resuelta elevada a fin de representar una retribución adecuada a las circunstancias del caso. Por ende, corresponde revocar en este aspecto la resolución recurrida y fijar el honorario del perito contador Sra. Bertoni Maximiliano en la suma de $ 31.200, equivalente a 3 UMA."
"5. En cuanto a las costas devengadas en la Alzada, se imponen a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.)."
"SE RESUELVE: I.
- Confirmar parcialmente la sentencia de primera instancia en los términos del presente. II.
- Revocar la regulación de honorarios del perito contador, debiendo estarse a lo dispuesto en el considerando 4°. III.
- Imponer las costas devengadas en la Alzada, a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.). IV.
- Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia."
- Disidencia / participación: No hubo votos en disidencia; la Dra. Silvina María Andalaf Casiello adhirió al voto preopinante. Se dejó constancia de que el Dr. Fernando Lorenzo Barbará no participó del acuerdo por haber cesado en sus funciones.
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