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C., H.O. c/ SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR OBRA SOCIAL DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/AMPARO DE SALUD

Amparo de salud por suministro de tratamiento farmacológico a afiliado con discapacidad. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a la Superintendencia de Bienestar – Obra Social de la Policía Federal Argentina a brindar cobertura integral (100%) de los medicamentos indicados, por prescripción médica y mientras subsista dicha indicación, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios.

Amparo de salud Obra social Discapacidad Cobertura integral 100% Prescripcion medica Pmo Medicamentos Costas Honorarios Juzgado civil y comercial federal


¿Quién es el actor?

H.O.C. (actor amparista, afiliado).

¿A quién se demanda?

Superintendencia de Bienestar – Obra Social de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se solicitó que la obra social brinde cobertura integral (100%) del tratamiento farmacológico compuesto por Insaponificables de palta y soja 300 mg cps x30 Derrumal (2 cajas), Aspirinetas (ácido acetil salicílico 100 mg) comp x 28, Atorvastatina 40 mg x 30 comprimidos, Carvelidol 12.5 x 30 comprimidos, Enalapril 5 mg x 60 comprimidos y Amlodipina 10 mg x 30 comprimidos, conforme prescripciones médicas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la Superintendencia de Bienestar – Obra Social de la Policía Federal Argentina a brindar la cobertura integral (100 %) de los medicamentos detallados, conforme prescripción médica y hasta tanto el profesional lo indique; además se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios en favor de la letrada patrocinante de la parte actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I.
- Ante todo, me interesa aclarar que resulta innecesario analizar todos y cada uno de los planteamientos de las partes, por lo que ceñiré mi pronunciamiento a exponer las razones que estimo conducentes para la justa composición del diferendo... Me atengo así a la jurisprudencia..." "III.
- Ahora bien, cabe poner de resalto que la importancia del derecho a la salud deriva de su condición de imprescindible para el ejercicio de la autonomía personal... El derecho a la salud e integridad física está consagrado por la Constitución Nacional..." "VI.
- Ahora bien, en el caso es importante destacar que de acuerdo a las prescripciones médicas acompañadas, la profesional tratante indicó el tratamiento farmacológico objeto de autos en virtud del diagnóstico que padece. Al respecto, cabe recordar que la recomendación médica debe ponderarse sin perder de vista que el objetivo primordial de esta acción es asegurar el tratamiento que mejor se adecue a la enfermedad que padece el paciente, en este caso, para mejorar su estado de salud... Corresponde ordenar a la Superintendencia de Bienestar – Obra Social de la Policía Federal Argentina brinde la cobertura del 100% de la medicación requerida, con la continuidad y en la cantidad que la patología del afiliado requiera y mientras se mantenga la prescripción del médico tratante." (No hubo votos en disidencia en la presente sentencia).

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