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PELOZO, ERNESTO DANIEL Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores demandaron a Edesur S.A. por daños y perjuicios derivados de cortes y deficiencias en el suministro eléctrico. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Edesur a pagar $225.000 en total ($112.500 por actor), rechazando el daño punitivo y ordenando costas a la demandada.

Servicio publico Suministro electrico Cortes de energia Responsabilidad contractual Dano material Dano moral Dano punitivo Enre Intereses Costas


¿Quién es el actor?

Ramona Mercedes González y Ernesto Daniel Pelozo.

¿A quién se demanda?

Empresa Distribuidora Sur S.A. (Edesur S.A.).
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios por cortes reiterados y problemas de tensión en el servicio de energía eléctrica durante el período indicado (01.04.2023 a 12.08.2024), con pedimento por daño material, daño moral y daño punitivo por un total de $4.200.000.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a Edesur S.A. a pagar la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($225.000), a razón de $112.500 para cada uno de los coactores, con más intereses calculados según lo indicado en el considerando VI, y se impusieron las costas a la demandada. Se rechazó el rubro de daño punitivo requerido por los actores.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): "Con base en los informes del ENRE incorporados al Sistema LEX100 ... se acreditó que, en el período indicado en la demanda, los actores fueron víctimas de diversos cortes de energía, todos los cuales configuran un incumplimiento de la obligación de suministro que pesa sobre la empresa demandada." "ninguna de las causales de eximición invocadas por la distribuidora (las altas temperaturas producidas, la denominada 'situación tarifaria', entre otras) son aptas para justificar los incumplimientos incurridos, pues no parece que se trate de hechos inevitables, impredecibles y externos sino de contingencias propias de la actividad a la que se dedica Edesur y que ella misma debe asumir." "Por todo lo expuesto, juzgo que corresponde rechazar el rubro de daño punitivo reclamado." "En definitiva, cabe reconocer a los accionantes una indemnización total de $225.000. Dicha suma llevará intereses a la tasa que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento a 30 días (tasa vencida) los que se calcularán a partir del día en que fue trabada la litis ... y hasta el día del efectivo pago de la condena a dictar."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia; la resolución es de primera instancia dictada por el Juzgado interviniente.

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