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MASTER MEDICAL SRL c/ DOSUBA s/INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Master Medical SRL demandó a DOSUBA por el cobro de facturas impagas por prestaciones médicas por $725.083. El Juzgado Federal N°7 hizo lugar a la demanda y condenó a DOSUBA al pago de $725.083 más intereses, imponiéndole las costas y difiriendo la regulación de honorarios hasta la firmeza y liquidación.

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¿Quién es el actor?

Master Medical SRL.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Obra Social de la Universidad de Buenos Aires (DOSUBA).
- Objeto de la demanda: Cobro de facturas por prestaciones médicas impagas emitidas por Master Medical SRL por el período mayo 2008 a abril 2011, por la suma de $725.083, más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a DOSUBA a pagar la suma de $725.083, con más los intereses indicados en el considerando octavo, dentro de los diez días de firmeza; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios profesionales hasta la firmeza y liquidación definitiva.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales del pronunciamiento): "De esta forma, tengo para mí que se encuentra debidamente acreditado el vínculo contractual existente entre las partes mediante el cual DOSUBA brindaba servicios médicos asistenciales a sus afiliados a través de la prestadora Master Medical SRL y que, a su vez, ésta última facturó a la demandada los montos correspondientes a tales servicios, los cuales no fueron abonados (conf. art. 386 del CPCCN)." "las facturas originales emitidas por Master Medical SRL a nombre de DOSUBA, como así también el sello de recepción de la demandada inserto en las mismas, con la firma pertinente y la fecha... la recepción de las facturas sin observaciones por parte de DOSUBA, configuran para ésta última 'cuentas liquidadas' en los términos del art. 474 del derogado Código de Comercio y art. 1145 del actual Código Civil y Comercial de la Nación..." "corresponde tener por cierta la deuda y la obligación de pago; de modo que corresponde admitir el progreso de la presente acción." Sobre prescripción y caducidad: "corresponde rechazar el planteo de caducidad introducido... teniendo en consideración la fecha de promoción de la presente demanda que tuvo lugar el día 16/09/2015... el plazo de noventa (90) días hábiles judiciales previsto en el art. 25 de la Ley 19.549 no se encontraba vencido al momento de su interposición." y "corresponde rechazar la defensa articulada por la demandada" respecto de la prescripción por aplicación del art. 4023 del derogado Código Civil (plazo de diez años). Sobre cuantía e intereses: "corresponde estarse a las pruebas producidas en autos... que asciende a la suma de $ 725.083. Ello... La suma... devengará intereses que se calcularán sobre el monto de cada una de las facturas adeudadas, a partir de los treinta días de su presentación... Tales accesorios se liquidarán hasta la fecha del efectivo pago, a la tasa vencida que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones habituales de descuento a treinta días –tasa activa-." Costas: "las mismas se imponen a la demandada por haber resultado vencida en lo sustancial, y en virtud del principio objetivo de la derrota (conf. art. 68, 1° párrafo del CPCCN)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión es del juez de primera instancia referida en el fallo transcripto.

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