JOSEPH, SOLANGE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía para Solange Joseph por naturalización. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina y emplazó a la solicitante a identificarse como naturalizada en el plazo de un año, ordenando las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y al Registro Nacional de Electores.
¿Quién es el actor?
JOSEPH, SOLANGE (nacida el 01/05/1986, Port de Paix, Haití; DNI 95.738.726).
¿A quién se demanda?
(no corresponde una parte demandada concreta; trámite de naturalización ante el Juzgado Federal y actuaciones administrativas vinculadas).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la ciudadanía argentina a la Sra. Solange Joseph con los derechos y deberes legales, previo juramento solemne; se la emplazó a identificarse como argentino naturalizado dentro del plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía; se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores, y se protocolizó y libraron las comunicaciones de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"1°.
- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591."
"2°.
- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
- Votos en disidencia: No se registran disidencias en el expediente; la resolución está firmada por el Juez Federal de 1ª Instancia, Dr. Alejandro Sánchez Freytes.
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