HERMENEGILDO RAMOS, DAICY s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Daicy Hermenegildo Ramos contra el Estado Nacional. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina y ordenó la identificación del naturalizado, la extensión de la Carta de Ciudadanía y las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y Registro Nacional de Electores.
¿Quién es el actor?
HERMENEGILDO RAMOS, DAICY (nacida el 27/06/1970, DNI Nº 93.615.757).
¿A quién se demanda?
Estado nacional (proceso de otorgamiento de ciudadanía por naturalización).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización, prevista por Ley 346 y concordantes (art. 2 Ley 24.533 y modif. Ley 24.591).
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la ciudadanía argentina a la Sra. Daicy Hermenegildo Ramos; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada dentro del plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía; y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"1°.
- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591.
2°.
- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente.
Por todo ello
RESUELVO:
1°.
- Otorgar la CIUDADANIA ARGENTINA a la Sra.: HERMENEGILDO RAMOS, DAICY con los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a la República Argentina, a su Constitución y sus Leyes."
- Votos/dissidencia: No consta disidencia; la resolución es dictada por el Juez Federal de 1ª Instancia, Dr. Alejandro Sanchez Freytes.
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