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SUCESORES DE ALFREDO WILLINER SA c/ EXCER SRL Y OTROS s/FALTANTE Y/O AVERIA DE CARGA TRANSP TERRESTRE

Demanda por faltante de mercadería tras robo durante transporte terrestre contra transportistas y aseguradoras por U$S 75.000. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y desestimó los recursos, por entender acreditada la ausencia del sensor de desenganche y la culpa de los transportistas; impuso costas de Alzada.

Falta de entrega Transporte terrestre Robo Seguro de transporte Sensor de desenganche Culpa del transportista Clausula de falta de cobertura Costas de alzada U$s 75.000 Responsabilidad contractual


¿Quién es el actor?

Sucesores de Alfredo Williner S.A.
- Demandados: Initium Worldwide S.A.; Excer S.R.L.; Alejandro Merelas (tercero); Generali Argentina Cía. de Seguros S.A. (luego Providencia); Liberty/Intégrity Seguros Argentina S.A. (luego Intégrity/denegada la acción).
- Objeto de la demanda: Resarcimiento por faltante de mercadería (25 toneladas de leche en polvo) valorada en U$S 75.000 + intereses, por robo sufrido durante transporte terrestre y rechazo de cobertura por las aseguradoras.

¿Qué se resolvió?

Se desestimaron los recursos de apelación y se confirmó el pronunciamiento apelado en todo cuanto fue materia de agravios. Con costas de Alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "la cobertura contra el riesgo de robo en el transporte de mercaderías estaba sujeta a la condición suspensiva de que cada vehículo de transporte por carretera contara, en todo momento y sin interrupción, con las medidas de seguridad electrónicas detalladas en la cláusula 9.3.1, entre las cuales se encontraba un 'sensor de desenganche de semi-remolques o acoplados'... La falta de tales medidas, sea cual fuere la causa (incluso el caso fortuito), configuraba un supuesto de falta de cobertura." "tuvo por acreditado que el camión con semirremolque que transportaba la carga ... no contaba con el sensor de desenganche referenciado. En esa inteligencia, concluyó que el rechazo de cobertura dispuesto por las aseguradoras resultó adecuado a los términos pactados." "es razonable colegir que el robo no configuró un caso fortuito, ya que hubo negligencia culpable de quien había tomado a su cargo la conducción de la mercadería, su custodia ... y la entrega al destinatario en las mismas condiciones en que la recibió. Y expuso que ello genera la responsabilidad de las accionadas por el faltante demostrado, de conformidad con los artículos 162, 169, 170, 172 y concordantes del Código de Comercio."
- Disidencias relevantes: No hubo disidencia; los Dres. Florencia Nallar y Juan Perozziello Vizier adhieren al voto que antecede.

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