Logo

MONTIEL, CRISTIAN RODRIGO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PNA-DTO 1307/12 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo por inclusión de sumas del Decreto N° 1307/12 como remunerativas y bonificables contra el Estado (Prefectura). La Cámara rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia siguiendo el precedente de la CSJN en Camejo y desestimando los agravios sobre costas.

Decreto 1307/12 Remunerativo Bonificable Retroactividad Prefectura naval argentina Recurso de apelacion Costas Precedente csjn camejo Contencioso administrativo federal Inclusion salarial.


¿Quién es el actor?

MONTIEL, CRISTIAN RODRIGO y otros (co-actores).

¿A quién se demanda?

EN
- Mº Seguridad
- PNA (Prefectura Naval Argentina) y/o Estado nacional.
- Objeto de la demanda: Reclamo por la inclusión en el haber mensual de los montos correspondientes a los incrementos otorgados por el Decreto N° 1307/12 y sus modificatorios como remunerativos y bonificables, con retroactividad desde dos años antes de la demanda hasta la entrada en vigencia del Decreto N° 142/22; tratamiento abstracto de suplementos por “Responsabilidad por Cargo” y “Función Intermedia”.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; sin especial imposición de costas por la inactividad procesal de la contraria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "III.
- Que en este estado de las actuaciones, corresponde examinar el recurso de la parte demandada. En relación con el carácter atribuido a las asignaciones creadas por el Decreto N° 1307/12 y sus modificatorios, cabe mencionar que la cuestión debatida en autos resulta sustancialmente análoga a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el marco de la causa caratulada “Camejo, Ricardo Esteban y otros c/ EN -Mº Seguridad
- PNA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.' (Expte. Nº CAF 29886/2015), sentencia del 17/06/2021 (Fallos 344:1388). En tal sentido, corresponde tener por reproducidos por razones de brevedad los fundamentos allí expuestos los que pueden ser consultados en la página web de la CSJN, en el link “Sentencias”, “Fallos completos” (www.csjn.gov.ar). En consecuencia, corresponde desestimar el agravio formulado." "IV.
- Que respecto al agravio de la demandada contra la imposición de costas de la anterior instancia, toda vez que la parte demandada ha resultado sustancialmente vencida y que no existen motivos para apartarse del principio general de la derrota previsto en el artículo 68, primer parte, del CPCCN, corresponde desestimar el agravio formulado." "V.
- Que conforme a lo expuesto correspondería: 1) Rechazar el recurso interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, 2) Sin especial imposición de costas, atento a la inactividad procesal de la contraria (artículo 68, segunda parte, del CPCCN)."
- Votos y disidencias: El voto del Dr. Treacy integra el acuerdo y el Dr. Pablo Gallegos Fedriani adhiere; no consta disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar