GALLARDO, LILIAN HAYDEE c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamó inclusión remunerativa y bonificable de incrementos del Decreto 836/08. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso de apelación, ordenando incluir esos ítems como remunerativos y bonificables en la liquidación y condenando en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Lilian Haydee Gallardo.
¿A quién se demanda?
EN
- Ministerio de Seguridad
- Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
- Objeto de la demanda: Se reclamó que los incrementos salariales dispuestos por el Decreto N° 836/08 y sus modificatorios —específicamente las compensaciones “Por racionamiento” y “Por vestimenta”— sean considerados con carácter remunerativo y bonificable y el pago de las sumas derivadas de la liquidación correspondiente por los períodos no prescriptos, con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de la parte demandada y se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de esta instancia a la demandada (art. 68 CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"I.
- Que por sentencia del 15/12/2025, el juez de grado hizo lugar a la demanda interpuesta por la Sra. Lilian Haydee Gallardo y, en consecuencia, ordenó a la demandada a incluir con carácter remunerativo y bonificable los incrementos salariales dispuestos por el Decreto Nro. 836/08, y sus modificatorios, en relación con las compensaciones “Por racionamiento” y “Por vestimenta”, y al pago de las sumas que resulten de la liquidación que deberá efectuar la demandada, por los períodos no prescriptos, debiéndose calcular los respectivos intereses a la tasa pasiva promedio que publicara el Banco Central de la República Argentina (conf. art. 10 del Dec. 941/91 y art. 8, segundo párrafo del Dec.529/91), hasta su efectivo pago."
"V.
- Que las circunstancias de esta causa son sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala en los Expedientes nros 15657/20 ... En consecuencia, cabe rechazar los agravios de la demanda y confirmar la sentencia apelada en dicho sentido."
"VI.-Que, con el fin de evitar confusiones al tiempo de practicar la liquidación de las sumas debidas, deberán considerarse como remunerativas y/o bonificables solo aquellas compensaciones y/o suplementos y/o incrementos salariales correspondientes al decreto 836/08, y sus modificatorios, peticionados en la demanda y que figuren efectivamente en los recibos de haberes de la accionante agregados a la causa."
- Costas: El tribunal confirmó la imposición de costas a la demandada en la instancia de grado y en esta Alzada, por aplicación del principio de la derrota (art. 68 CPCCN).
- Disidencias: No se registran votos en disidencia relevantes; el Dr. Treacy adhiere al voto que antecede del Dr. Gallegos Fedriani.
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