MARTINEZ VALLES, MARIA ALEJANDRA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por parte de María Alejandra Martínez Valles para ser incorporada a la ciudadanía argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 declaró procedente la solicitud y ordenó expedir la carta de ciudadanía, advirtiendo sobre la obligación de prestar juramento, enrolarse en el plazo de un año y las consecuencias respecto de la nacionalidad anterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARIA ALEJANDRA MARTINEZ VALLES, solicitante de carta de ciudadanía.
Demandado: No hay demandado; se trata de un trámite judicial de solicitud de nacionalidad ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 y vista al Ministerio Público Fiscal.
Objeto: Concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud. Se declaró ciudadana argentina a María Alejandra Martínez Valles y se ordenó expedir la carta de ciudadanía, oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, comunicar a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema, y notificar a la interesada y al procurador fiscal. Se impuso la obligación de prestar juramento y se le advirtió sobre la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año bajo apercibimiento de multa.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada."
"Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
Dispositivo transcripto: "1.
- Declarar ciudadana argentina a MARIA ALEJANDRA MARTINEZ VALLES , nacida el 24 de julio de 1983... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
- Disidencias: No existe voto en disidencia; la resolución es de un juez de primera instancia.
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