KOSHELEV, VLADISLAV s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía de VLADISLAV KOSHELEV. El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº10 declaró concedida la ciudadanía argentina a Koshelev, ordenando expedir la carta de ciudadanía y notificando obligaciones legales como el juramento, el enrolamiento en un año y la comunicación a autoridades pertinentes.
¿Quién es el actor?
VLADISLAV KOSHELEV.
¿A quién se demanda?
(no hay demandado; trámite administrativo judicializado ante el Juzgado Civil y Comercial Federal 10).
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la carta de ciudadanía argentina.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadano argentino a VLADISLAV KOSHELEV, con imposición de requisitos formales (juramento de fidelidad, obligación de enrolarse en un año bajo apercibimiento de multa) y orden de expedir la carta de ciudadanía y notificar al RENAPER, la Cámara Nacional Electoral y la Dirección Nacional de Migraciones, además de comunicar la concesión a la Corte Suprema (Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
Además, la parte resolutiva ordena: "Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público
- la pérdida de su nacionalidad anterior y que, tal concesión, se hará saber por la vía pertinente a su país de origen." Se advierte también que "en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el artículo 15 del Decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
Disidencias: no registra votos en disidencia; la resolución es dictada por el Juzgado en primera instancia.
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