OTTONELLO, MATIAS NAHUEL c/ ESTADO NACIONAL- MINIST. DE SEG. P.F.A. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamo por incorporación del suplemento Zona (Decreto 380/2017) al haber mensual como remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de Córdoba rechazó la pretensión, entendiendo que el suplemento tiene naturaleza particular según el decreto y la prueba, por lo que no corresponde su incorporación al haber.
¿Quién es el actor?
Matías Nahuel Ottonello.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- PFA.
- Objeto de la demanda: Que el suplemento denominado "Zona" creado por Decreto Nº 380/2017 sea incorporado al haber mensual del actor como remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el reclamo del actor en cuanto pretende que el suplemento "Zona" creado por Decreto Nº 380/2017 sea incorporado en su haber mensual como remunerativo y bonificable; se impusieron las costas de esta Alzada en el orden causado y se recordó la obligación del juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia (arts. 10 y 14 Ley 23.898).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"…ni del texto de la norma que lo creó, ni de la prueba se desprende que lo perciba la generalidad del personal policial en actividad; y se concluyó que no existen elementos de juicio que permitan sostener la incorporación al haber mensual de la actora con carácter remunerativo y bonificable en tanto no se ha acreditado que la naturaleza de esa asignación difiera de la prevista por el art. 77 de la ley 21.965; es decir, no se ha logrado demostrar que no se trate de un suplemento particular que el Poder Ejecutivo Nacional está facultado a crear."
"En consecuencia, y atento lo dispuesto por nuestro Máximo Tribunal con fecha 18 de noviembre de 2025; corresponde rechazar el reclamo efectuado por el actor en cuanto pretende que el suplemento por 'Zona' creado por Decreto 380/2017 sea incorporado en su haber mensual como remunerativo y bonificable, con costas en el orden causado por cuanto la actora pudo creerse con derecho a litigar."
- Notas sobre la instancia y alcance: La CSJN admitió recursos extraordinarios y ordenó revocar sentencias apeladas en casos análogos (citas a FCB 15190/2022/CA1 y CAF 63838/2019/CS1
- Vettorello). El Tribunal limita el pronunciamiento al suplemento "Zona" (el recurso extraordinario fue concedido por cuestión federal sólo respecto de dicho suplemento), quedando firmes los demás rubros mandados a pagar en autos.
- Disidencias: No hay voto en disidencia; ambos jueces (Avalos y Montesi) votaron en idéntico sentido.
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