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MONTENEGRO, MARIANA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEG. - P.F.A. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

La actora reclamó que el suplemento Zona (Decreto 380/2017) se incorpore a su haber como remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de Córdoba rechazó ese pedido por entender que el suplemento es de naturaleza particular previsto por el art. 77 de la ley 21.965 y no se acreditó su percepción generalizada, por lo que no corresponde incorporarlo, con imposición de costas.

Suplemento zona Decreto 380/2017 Remunerativo Bonificable Suplemento particular Ley 21.965 art.77 Costas Camara federal de cordoba Pfa Control tasa de justicia


¿Quién es el actor?

MONTENEGRO, MARIANA.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- P.F.A.
- Objeto de la demanda: Se reclama que el suplemento “Zona” creado por el Decreto Nº 380/2017 sea incorporado al haber mensual de la actora con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el reclamo de la actora respecto de la incorporación del suplemento “Zona” a su haber mensual como remunerativo y bonificable; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado; se dejó sin efecto la imposición de costas a la demandada en la sentencia de fecha 26/09/2024 sólo respecto de ese rubro; y se recordó la obligación del juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar.
- Fundamentos principales (transcripción de los pasajes más relevantes):
- “Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CAF 63838/2019/CS1 ‘Vettorello, Germán Emanuel c/ EN -M Seguridad
- PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.’, fallada el 18 de noviembre de 2025... Por ello, se declaran admisibles los recursos extraordinarios y se revocan las sentencias apeladas. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicten nuevos pronunciamientos con arreglo al presente.”
- Del dictamen de la Procuradora Fiscal: “…La cuestión que se plantea en el sub examine es si la suma otorgada por el decreto 380/17 bajo la denominación de suplemento por ‘zona’... reviste la naturaleza de suplemento particular o si constituye una asignación que debió ser conferidas con el carácter de remunerativo y bonificable e integrar el haber mensual… Pues bien, por un lado, de los términos del decreto 380/17 no surge que el suplemento por ‘zona’ haya sido otorgado a todo el personal policial en actividad de un mismo grado o de todos los grados, sino que fue previsto para que lo perciba el personal policial que sea destinado o que se encuentre destinado en las regiones a las que se hizo alusión más arriba; es decir, como un suplemento particular… Por otra parte, si bien esta causa fue declarada como de puro derecho... dentro del total de los 38.134 efectivos... solamente unos 7.842 efectivos percibían el suplemento por ‘zona’, circunstancia que lo llevó a concluir que se trataba de un suplemento especifico y de naturaleza particular…”
- Conclusión del voto de la mayoría: “En consecuencia, y atento lo dispuesto por nuestro Máximo Tribunal con fecha 18 de noviembre de 2025; corresponde rechazar el reclamo efectuado por la parte actora en cuanto pretende que el suplemento por ‘Zona’ creado por Decreto 380/2017 sea incorporado en su haber mensual como remunerativo y bonificable, con costas en el orden causado... El alcance de la presente resolución es respecto al Suplemento ‘Zona’ creado por Decreto Nº 380/2017, por cuanto el recurso extraordinario fue concedido por cuestión federal sólo respecto a dicho suplemento; habiendo quedado firmes los demás rubros mandados a pagar en autos.”
- Disidencias: No obra disidencia; ambos votos (Avalos y Montesi) votan en idéntico sentido.

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