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BAUMANN, JORGE ATIL c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio y la declaración de inconstitucionalidad de normas vinculadas a la movilidad. El Juzgado Federal admitió la acción, ordenó a ANSES recalcular y liquidar el haber inicial y retroactivos, declaró varias normas (arts. 7.2 y 21 de Ley 24.463; arts. 23.c, 79.c, 81 y 90 de Ley 20.628; y la fórmula de la Ley 27.609) inconstitucionales y eximió de retención por Impuesto a las Ganancias los montos retroactivos y el haber reajustado.

Anses Reajuste de haberes Prestacion compensatoria Movilidad previsional Inconstitucionalidad ley 27.609 Exencion impuesto a las ganancias Ley 24.241 Liquidacion y retroactivos Tasa pasiva promedio Competencia juzgado federal de cordoba


¿Quién es el actor?

Sr. Jorge Atilio Bauman.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Pedido de reajuste del haber jubilatorio inicial, liquidación de las diferencias retroactivas y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas vinculadas al cálculo y movilidad previsional (entre ellas artículos de las leyes 24.463, 24.241, 20.628 y la fórmula de la Ley 27.609).

¿Qué se resolvió?

Se admitió la demanda, se ordenó a ANSES que determine el haber inicial y reajuste el haber previsional del actor, practique las liquidaciones respectivas dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153 y acredite cumplimiento; se fijó la tasa de interés (Tasa Pasiva Promedio del BCRA); se declararon inconstitucionales el art. 7 inciso 2 y el art. 21 de la Ley 24.463, los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley 20.628 (con exención de retención del Impuesto a las Ganancias sobre los retroactivos y el haber reajustado) y la fórmula de movilidad prevista por la Ley 27.609; se impusieron las costas a ANSES y se difirió la regulación de honorarios del letrado de la actora para la etapa de cumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones de párrafos relevantes): "Admitir la procedencia de la acción articulada por el Sr. Jorge Atilio Bauman en contra de la Administración Nacional de la Seguridad Social y en consecuencia: a) Ordenar a la Anses que determine el haber inicial del jubilado y reajuste el haber previsional del mismo, de acuerdo a lo explicitado en los considerandos pertinentes; b) ordenar a la ANSES practique las liquidaciones respectivas." "Que en cuanto a la tasa de interés aplicable a las diferencias resultantes a los cálculos fijados en el considerando anterior, ésta será la de la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central de la República Argentina desde que cada suma es debida hasta su efectivo pago." "Por tales motivos, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, no correspondiendo su aplicación a la hora de reajustar el haber de la parte actora." Sobre exención fiscal: "En consecuencia, quedarán exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente del reajuste que se ordena, como así también el haber reajustado que corresponda al mismo." Fundamento sobre actualización de remuneraciones para cálculo de P.C. y P.A.P.: "corresponde ordenar a los fines del cálculo de la P.C y PAP
- se reajusten los haberes conforme el índice salarios básicos de la industria y construcción
- personal no calificado, hasta el mensual de febrero de 2009 –inclusive-, aplicando a partir de dicha fecha el art. 2 de la ley 26.417 y demás normas que fijan ajustes hasta la fecha de adquisición del derecho."
- Disidencias: No consta voto dividido; la resolución es dictada por el Juzgado de primera instancia (único juez firmante), por lo que no hay disidencia plasmada.

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