VELASQUEZ FERNANDEZ, BELEN CAROLINA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Bélén Carolina Velásquez Fernández solicitó la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. El Juzgado Federal N°1 de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y ordenó el emplazamiento para identificación en un año y las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VELASQUEZ FERNANDEZ, BELEN CAROLINA, solicitante de Carta de Ciudadanía por naturalización.
Demandado: Solicitud dirigida ante el Juzgado Federal (actuación frente al Estado Nacional/órganos de identificación y migraciones implícitos).
Objeto: Obtención de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Potosí, Bolivia (22/11/1996) y demás antecedentes de identidad y filiación.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la Ciudadanía Argentina por naturalización a VELASQUEZ FERNANDEZ, BELEN CAROLINA; se la emplazó para que se identifique como argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía; se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral; y que se registre y notifique de conformidad con la ley.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal cual aparecen en el fallo):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951.
II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
- No existen votos en disidencia en el expediente; la resolución es un pronunciamiento del Juzgado de Primera Instancia que concede la naturalización.
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