PINTO LEON, DEYVIS JOSE s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Peticionante solicitó carta de ciudadanía y el juzgado rectificó un error en el nombre del padre consignado en la sentencia del 16/06/2026. El juez ordenó modificar la mención “DEYVIS JOSE PINTO LEON” por “HENDRY JOSÉ PINTO ZAMORA”, disponer la comunicación a la Corte y notificar al interesado y al procurador fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PINTO LEON, DEYVIS JOSE (peticionante de carta de ciudadanía).
Demandado: No se individualiza parte demandada en el proveído; trámite ante el Juzgado Civil y Comercial Federal n.º 10 (actuación con intervención del Procurador Fiscal).
Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía; en el presente proveído se solicita la aclaratoria/rectificación de un error material en la sentencia del 16/06/2026 respecto del nombre del padre del peticionante.
Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria/rectificación: donde en la sentencia del 16/06/2026 figura “DEYVIS JOSE PINTO LEON” debe leerse “HENDRY JOSÉ PINTO ZAMORA”. Se comunicó la rectificación a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema y se ordenó registrar y notificar al interesado y al Procurador Fiscal por Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"Advirtiendo que en la sentencia de fecha 16/06/2026 se ha consignado de forma errónea el nombre y apellido del padre del peticionante, corresponde rectificarla, de modo que, donde dice 'DEYVIS JOSE PINTO LEON', debe leerse 'HENDRY JOSÉ PINTO ZAMORA'."
"ASI SE ACLARA."
"Comuníquese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Regístrese y notifíquese al interesado y al procurador fiscal por Secretaría."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia consignados en el documento.
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