GASCA, EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas por reajustes; la Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia y, además, declaró inconstitucional el artículo 3 del DNU 157/2018 imponiendo las costas de esta instancia a la demandada y regulando honorarios al 30% ante la alzada.
¿Quién es el actor?
GASCA, EDUARDO.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Solicitud de pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas por reajustes (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018; se impusieron las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme al artículo 36 de la ley 27.423; y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"La demandada se agravió del tratamiento dado a la PBU; el tratamiento dado a los topes legales; la forma en que fueron impuestas las costas y de la regulación de honorarios."
"En relación a los planteos vinculados a la Prestación Básica Universal, nos remitimos en lo pertinente, pudiéndose ingresar para su lectura a www.cij.gov.ar/sentencias o a disposición de las partes en Secretaría, a los argumentos volcados en los autos caratulados 'ROMITI, Osvaldo'... donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad de dicho componente, teniendo en cuenta las pautas establecidas en el fallo 'Quiroga' de la CSJN, se fijó el índice y método aplicable, en su caso. En consecuencia, se rechaza el agravio."
"En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo'... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423... Así votamos."
(No se consigna voto en disidencia material; la Dra. Andalaf Casiello no participó del Acuerdo por licencia.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: