MIGUEZ, CARLOS GABRIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de su haber jubilatorio y declaración de inconstitucionalidad de normas que afectan la movilidad. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar: ordenó a ANSES recalcular y liquidar el haber inicial y el reajuste, declaró inconstitucionales normas de las leyes 24.463, 20.628 y la fórmula de la ley 27.609, y eximió de retención por Impuesto a las Ganancias los retroactivos y el haber reajustado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Carlos Gabriel Miguez, por sí (con patrocinio del Dr. Lucas María Reyna).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste del haber jubilatorio por interpretación y cálculo del haber inicial; pago de retroactivos; declaración de inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.463, 24.241/relacionadas y de la fórmula de movilidad de la ley 27.609; exención del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos.
Decisión: Se admitió la acción y se hizo lugar al reclamo: se ordenó a ANSES determinar el haber inicial y recalcular/reajustar el haber previsional del actor y practicar las liquidaciones respectivas dentro del plazo del art. 2 Ley 26.153; se aplicará la Tasa Pasiva Promedio del BCRA para intereses; se declararon inconstitucionales el art. 7 inc. 2 de la Ley 24.463, los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 (por lo que los retroactivos y el haber reajustado quedan exentos de retención de Impuesto a las Ganancias), la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609 y el artículo 21 de la ley 24.463; se impusieron las costas a la demandada y se diferirió la regulación de honorarios del letrado del actor para la etapa de cumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
1) Sobre la representatividad del ingreso base y necesidad de actualización: "conforme al art. 97 de la ley 24.241 el ingreso base es el 'valor representativo del promedio mensual de las remuneraciones ... declaradas hasta cinco (5) años anteriores al mes en que ocurra la invalidez ...' de modo que, como primera conclusión, el planteo del actor se ajusta a derecho en cuanto sostiene que su haber debe consistir en una determinada proporción con respecto de lo que el interesado cobraría de estar en actividad."
2) Sobre índice a utilizar y adhesión a precedentes: "la CSJN ... en autos 'Elifff Alberto José c/Anses –reajustes varios-' de fecha 11-8-09 ordenó reajustar las remuneraciones tenidas en cuenta a los fines del cálculo del haber previsional, con arreglo al índice que señala la resolución de Anses 140/95 (salarios básicos de la industria y construcción
- personal no calificado) sin la limitación temporal que esta impone, esto es más allá del año 1991. De este modo ... el tribunal se adhiere a lo resuelto por el Máximo Tribunal respecto al índice a utilizarse a los fines del recalculo de los haberes..."
3) Sobre inconstitucionalidad de la ley 27.609 y su alcance: se reproduce la exposición del DNU 274/2024 y concluye "Por tales motivos, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, no correspondiendo su aplicación a la hora de reajustar el haber de la parte actora." Además se fija como criterio operativo: "deberá aplicarse de manera trimestral, el índice de precios al consumidor (IPC), publicado por el INDEC, tomando para realizar el cálculo, la sumatoria de los tres meses anteriores a cada aumento..." (según precedentes citados).
4) Sobre Impuesto a las Ganancias: cita la CSJN en "GARCIA, MARIA IS
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