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LOYO MIOT, CARLA ELIZABETH s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Carla Elizabeth Loyo Miot. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°11 hizo lugar a la petición y concedió la ciudadanía argentina, condicionando la entrega del título al juramento de fidelidad y disponiendo las comunicaciones administrativas pertinentes.

Naturalizacion Carta de ciudadania Ley 346 Decreto 3.213/84 Juramento de fidelidad Enrolamiento Art. 35 ley 17.671 Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Ministerio publico fiscal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carla Elizabeth Loyo Miot (peticionaria). Demandado: Estado Nacional (trámite ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°11; comunicaciones ordenadas a dependencias estatales competentes). Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización. Decisión: Se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a Carla Elizabeth Loyo Miot (DNI N° 95.808.068), con obligación de prestar juramento de fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes; instrucción de enrolarse dentro del plazo de un año bajo apercibimiento del art. 35 de la ley 17.671; orden de notificar al Ministerio Público Fiscal y de comunicar la concesión a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación; y entrega al peticionario/a de la totalidad de las actuaciones en formato papel junto con la carta de ciudadanía.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina. Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionaria, RESUELVO: conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a Carla Elizabeth Loyo Miot, nacida en Miranda, Venezuela, el 6 de marzo de 1981, hija de Carlos Enrique Loyo y de Marie Elizabeth Miot de Loyo, con DNI N° 95.808.068 a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435) a partir de la fecha del juramento. Previo al juramento de ley, hágase saber a la interesada lo manifestado por el Sr. Fiscal Federal respecto a lo dispuesto por el art. 15 del Decreto 3.213/84. Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen del interesado. Hágase entrega al peticionario/a, junto con la carta de ciudadanía, de la totalidad de las actuaciones existentes en formato papel, que ya están digitalizadas en autos, y déjese constancia de ello en las actuaciones digitales."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el decisorio.

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