CONTI, LILIANA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes varios contra ANSES por la aplicación de la ley de movilidad. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSES y revocó sólo la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley nº 27.426, sosteniendo la constitucionalidad de dicha norma conforme la doctrina de la Corte Suprema.
¿Quién es el actor?
CONTI, Liliana del Carmen.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales y pedido de declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley nº 27.426 y de decretos que suspendieron la fórmula; tratamiento de retenciones de impuesto a las ganancias sobre retroactivos; control de topes de cálculo previsional.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia exclusivamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley nº 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma; se impusieron las costas a ANSES y no se regularon honorarios de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En relación al agravio sobre la inconstitucionalidad del Artículo 2 de la ley nº 27.426 por los períodos devengados de julio a diciembre del 2017, recientemente la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 ... resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis, por reflexionar en el considerando 11 que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley n° 27.426
- vigente desde el 29 de diciembre de 2017
- no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido
- recién se devengaría en marzo de 2018
- ni se contaba con los elementos necesarios para ello, dado que no se había completado el semestre al que hacía referencia la ley n° 26.417 para el cálculo de las variaciones necesarias para obtener el coeficiente de reajuste a aplicar'."
"Tiene dicho la Corte Suprema de Justicia que 'Los tribunales inferiores deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal, pero pueden apartarse de la doctrina fijada cuando acercan nuevas y fundadas razones, no consideradas por el Tribunal, para demostrar claramente el error grave del precedente y la inconveniencia de mantener su aplicación' (Voto del juez Rosenkrantz)."
"Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Votos/adhesiones: El Dr. Manuel Alberto Pizarro dictó el voto principal; los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Sebastián Guillermo Soneira adhirieron al voto que antecede. No consta disidencia.
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