VALDEZ, RODRIGO RAUL c/ MIRALEJOS S.A.C.I.F.I. Y A Y OTRO s/DESPIDO
El actor demandó por despido incausado y diferencias de liquidación frente a Miralejos S.A.C.I.F.I.A. e Imperio Magno S.A. La Cámara confirmó la condena y, en lo accesorio, modificó la actualización del capital de condena disponiendo que se ajuste por IPC-INDEC más 3% anual, impuso costas solidarias y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
RODRIGO RAÚL VALDEZ.
- Demandados: MIRALEJOS S.A.C.I.F.I.A. e IMPERIO MAGNO S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido incausado y diferencias en liquidación final (haberes de diciembre 2019, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, indemnizaciones, más accesorios y multas vinculadas a registración deficiente).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en cuanto pronuncia condena y se modificó la forma de actualización de los accesorios: "el capital de condena será actualizado según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) -Nivel General
- elaborado por el INDEC, con más un interés puro del tres por ciento (3%) anual sobre el capital actualizado, desde que la suma fue debida y hasta la fecha de su efectivo pago"; además se impusieron las costas de ambas instancias solidariamente a las demandadas; se regularon honorarios (instancia anterior y un 30% adicional para esta instancia) y se requirió que las presentaciones sean digitales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"La inconstitucionalidad del art. 55 no crea un vacío normativo; simplemente devuelve al crédito en tratamiento al régimen general que la propia ley le asigna. En consecuencia, corresponde declarar, para este caso, la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802, por resultar violatorio de los arts. 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional, así como del principio protectorio que emana del art. 14 bis, y disponer que el crédito reconocido en autos sea determinado conforme la regla general prevista en el art. 54 de la citada ley, esto es, mediante su actualización según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) -Nivel General
- elaborado por el INDEC, con más un interés puro del tres por ciento (3%) anual sobre el capital actualizado, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago".
"En función de ello, se impone confirmar –por estas otras razones– el tramo de la sentencia que condenó a pagar las indemnizaciones previstas en los arts. 1° y 2° de la ley 25.323 y 80 de la L.C.T."
Además, la Cámara valoró la prueba testimonial sobre pagos no registrados en concepto de presentismo y la existencia de conjunto económico entre las sociedades, confirmando la extensión de la responsabilidad solidaria a IMPERIO MAGNO S.A. (cfr. considerandos III, VII y XII).
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; ambos jueces adhirieron al acuerdo mayoritario.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: