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MAJSTRUK PEREZ CRISTINA c/ ANSES s/PENSIONES

Reclamó la actora pensión previsional por fallecimiento del causante; la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que hizo lugar al reclamo y ordenó al organismo el cumplimiento en 30 días, con costas impuestas a la demandada y regulación de honorarios por el 30% más IVA.

Pension por fallecimiento Anses Aportes Decreto 460/1999 Regularidad contributiva Costas Honorarios 30% Tasa pasiva Cumplimiento en 30 dias Sala ii


¿Quién es el actor?

MAJSTRUK PEREZ CRISTINA.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (ANSES).
- Objeto de la demanda: Otorgamiento de pensión previsional por fallecimiento del causante.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó la sentencia apelada en lo que decide; ordenó que las costas de ambas instancias se impongan a la demandada vencida; reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más el IVA; y dispuso devolver las actuaciones al juzgado de origen. El organismo debe cumplir el otorgamiento del beneficio en el término de 30 días.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): 1) "A partir de las pruebas aportadas por la actora y el análisis efectuado, encuentro probado que el causante contaba al momento del deceso con 15 años y 5 meses de servicios con aportes." 2) "El decreto 460/1999... establece que debe efectuarse la retención de aportes previsionales durante DIECIOCHO (18) meses como mínimo dentro de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores a la fecha de la solicitud del retiro por invalidez o a la fecha de fallecimiento... y que los períodos exigidos se reducirán a DOCE (12) meses dentro de los SESENTA (60) meses... cuando el afiliado... acredite al menos con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicho mínimo..." 3) "La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que en caso de duda, debe estarse a la postura que concede y no a la que deniega la prestación jubilatoria (Fallos 280:75;294:94; 303:851)." 4) "En cuanto al segundo de los agravios, resulta consolidada la jurisprudencia del fuero que considera inaplicable lo dispuesto por el art. 22 de la ley 24.463, tratándose... de la revocación de un acto administrativo en el que está en juego la concesión o determinación de una prestación previsional de naturaleza alimentaria... motivo por el cual corresponde confirmar la manda recurrida en cuanto ordena que el organismo previsional en el término de 30 días debe cumplir con el otorgamiento del beneficio reconocido." 5) "A la tasa de interés corresponde aplicar la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago." 6) "Finalmente, en cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ... )"
- Votos y disidencias: Los Dres. Fantini, Dorado y Carnota adhieren al mismo sentido; no consta disidencia.

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