NIGELLI EDUARDO HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor reajustes varios contra ANSES relacionados con ley 27.609, decreto 274/24, bonos de refuerzo y descuentos por impuesto a las ganancias. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó lo demás y diferió el análisis de la ley 27.609, el decreto 274/24 y los bonos extraordinarios a la etapa de ejecución; fijó pautas sobre costas y reguló honorarios al 30%.
¿Quién es el actor?
Nigelli Eduardo Héctor.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios de haber previsional, impugnación de la aplicación de la Ley 27.609, del Decreto 274/24, cuestionamiento de los bonos de refuerzo extraordinarios y del descuento por impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y la confirmó en lo demás que decide; diferió el tratamiento de la ley 27.609, del Decreto 274/24 y de los bonos de refuerzos extraordinarios para la etapa de ejecución de la sentencia; estableció que, si de la liquidación resultaran sumas a favor de la actora, las costas se impondrán a la vencida conforme a Morales Blanca Azucena c/ ANSeS (Fallos: 346:634); reguló honorarios por la Alzada en el 30% de la suma que se fije por la labor en primera instancia más IVA en su caso; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En consecuencia, toda vez que estos refuerzos extraordinarios se insertan dentro de aquel marco normativo cuyo examen se encuentra diferido, el planteo de la actora exige un análisis numérico y de proporcionalidad más profundo que resulta prematuro en esta instancia de conocimiento. Por ende, y por los fundamentos expresados en el citado precedente 'Wald', corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado, hacer lugar parcialmente y diferir el tratamiento, examen y eventual cálculo de los bonos extraordinarios para la etapa de ejecución de sentencia."
"Por tal razón, corresponde diferir el tratamiento del decreto 274/2024 a etapa de ejecución de sentencia, etapa procesal donde podrá evaluarse su real incidencia en la cuantía del haber."
"En lo atinente al agravio referido al impuesto a las ganancias, toda vez que de las constancias de la página web del organismo previsional surge que el actor actualmente no registra descuento alguno por dicho concepto, considero que, atento a la forma en que se resuelve, corresponde diferir el tratamiento de la cuestión para la etapa de ejecución de sentencia."
- Votos concurrentes/diferencias: Los tres magistrados (Fantini, Carnota y Dorado) adhieren al acuerdo y no hay disidencia en el decisorio.
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