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FORNERIS ORLANDO RENE c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Amparo contra ANSeS por otorgamiento de Retiro Transitorio por Invalidez reclamado por el actor. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que hizo lugar al amparo, por incumplimiento administrativo en la notificación de la declaración jurada de salud y por acreditarse la condición de aportante exigida.

Amparo Anses Retiro transitorio por invalidez Declaracion jurada de salud Decreto 300/1997 Decreto 460/1999 Costas Honorarios Notificacion administrativa Aportes

Actor: Forneris Orlando René. Demandado: ANSeS. Objeto: acción de amparo para que se otorgue el beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez (incapacidad del 70% y prestación alimentaria).

¿Qué se resolvió?

se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas a la demandada vencida; se regularon honorarios por el 30% de la suma fijada por la labor en primera instancia más IVA, y se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "Por tales razones, en la medida en que la reconducción de lo pretendido por la vía ordinaria signifique privar a la accionante de un medio para su subsistencia, como es el caso de autos, causándole un gravamen que puede estimarse de ilusoria reparación ulterior, corresponde rechazar el agravio."
- "En cuanto al plazo de caducidad invocado el Alto Tribunal ha expresado recientemente... que el plazo de caducidad contemplado en el art. 2°, inc. e, de la ley 16.986 no puede constituir un impedimento insalvable cuando -como en el caso
- con la acción incoada se enjuicia una arbitrariedad o ilegalidad periódica o continuada (Fallos: 324:3074; 329:4918 y 338:1092)."
- "La sanción de pérdida de eficacia de la afiliación por omisión de la declaración jurada de salud no puede operar cuando ha sido la propia Administración la que omitió implementar los mecanismos de notificación y control previstos en su reglamentación... ante la total ausencia de constancias que acrediten que el organismo previsional o el impositivo hubieran cumplido, en tiempo oportuno, con la carga legal de notificar e intimar al actor respecto de dicha exigencia, la demandada mal podría exigirle al Sr. Forneris actuar conforme a una previsión procedimental que la propia dotación estatal omitió informar, lo que obsta a la admisión de una postura que vulnera la doctrina de los propios actos."
- "Por lo demás, deviene infundado el reproche referido a que el magistrado de grado se encontraba obligado a declarar la inconstitucionalidad de la norma para admitir la demanda... Máxime, tratándose de una prestación de naturaleza alimentaria, Retiro Transitorio por Invalidez, derivada de una incapacidad laboral del 70% debidamente dictaminada y no controvertida en autos."
- "Surge de las propias actuaciones administrativas que el actor registra 24 cotizaciones mensuales dentro de los últimos 36 meses anteriores a la solicitud del beneficio. Toda vez que dicha densidad excede holgadamente el mínimo de 18 meses exigido... la decisión adoptada en la instancia de grado resulta ajustada a derecho y debe ser confirmada." Disidencia: no hubo voto en disidencia; los tres jueces adhirieron al voto preopinante y al acuerdo.

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