DIAZ LIGIA FERNANDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes varios contra ANSES por prestaciones previsionales; la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241, confirmando lo demás y condenando en costas a la demandada conforme a doctrina de la CSJN.
¿Quién es el actor?
Díaz Ligia Fernanda.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de prestaciones previsionales (entre ellos tratamiento de PBU, aportes autónomos, impuesto a las ganancias y cuestionamientos de inconstitucionalidad de normas como art. 26 Ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, confirmó lo demás decidido en primera instancia, impuso las costas de alzada a la demandada conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena” y reguló honorarios de alzada en el 30% sobre lo fijado en primera instancia más IVA (si corresponde). Devuélvase al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción literal de párrafos relevantes):
1) "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
2) "Respecto a lo resuelto en la instancia de grado sobre el componente PBU, la demandada considera que resulta improcedente su análisis cuando el beneficio ha sido obtenido con posterioridad a la sanción de la ley 26.417. Sobre dicha cuestión esta Sala entiende que del precedente 'Quiroga, Carlos Alberto' no surge que el Máximo Tribunal hubiera limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición del beneficio como sostiene la apelante. El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber."
3) "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; los Dres. Carnota, Dorado y Fantini formularon el acuerdo por mayoría y el resultado descrito es la decisión del Tribunal.
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