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RUINA EDUARDO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor impugnó la metodología de movilidad y solicitó reajustes de su haber previsional contra ANSeS en autos por reajustes varios. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando recalcular el haber desde enero de 2021 y diferir el examen de inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución.

Anses Reajustes previsionales Ley 27.609 Movilidad jubilatoria Ley 24.241 Dnu 274/2024 Tasa pasiva bcra Costas Honorarios Ejecucion de sentencia


¿Quién es el actor?

RUINA EDUARDO OSCAR.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes previsionales (reajustes varios), planteo de inconstitucionalidad respecto de normas y decretos que afectaron la movilidad (art. 55 Ley 27.541, decretos consecuentes, y la Ley 27.609), y petición de liquidación de diferencias por períodos afectados por medidas de emergencia.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada y se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley 27.426 (igual al mes de febrero), aplicándose desde entonces la movilidad prevista por la ley 27.609; se difirió el tratamiento de la aplicación de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se impusieron costas a la demandada; se fijaron intereses según la Tasa Pasiva promedio mensual del BCRA; y se regularon honorarios (30% por la alzada según Ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio): "En este orden, corresponde revocar parcialmente lo decidido por la magistrada de grado y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante se aplicará la nueva ley vigente 27.609." "A la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. Y es que en virtud de la adopción del DNU 274/2024 y la nueva metodología de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, resulta razonable actuar con cautela, pues la modificación introducida refleja la toma de conciencia de la insuficiencia de la ley 27.609 y su impacto adverso en los haberes previsionales..." "Por lo expuesto, propicio: 1) Revocar la sentencia apelada; 2) Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta en el plazo del art. 22 de la Ley 24.463 y conforme el art. 82 ap.3º Ley 18.037 (Ratif. art 168 L.24.241); 3) Diferir el tratamiento de la aplicación de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; 4) Ordenar al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la actora a Enero de 2.021..."
- Votos parciales/diferencias: El Dr. Juan A. Fantini adhirió parcialmente al voto que encabeza el decisorio, con excepción de lo resuelto en torno a la ley 27.541, punto respecto del cual confirmó lo dispuesto en la instancia de grado; respecto de la ley 27.609, adhirió a la solución propuesta por su colega. No se registra una disidencia mayoritaria que modifique lo resuelto por la mayoría.

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