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CARBAJALES MARTA DIVINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS pidiendo declarar inconstitucional el artículo 14 de la Resolución 6/2009 y la restitución de haberes jubilatorios. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 rechazó la demanda por tornarse abstracto el planteo ante la derogación de la norma y condenó en costas al orden causado, fijando honorarios de $510.380.

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¿Quién es el actor?

CARBAJALES MARTA DIVINA (por apoderado).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Pedido de declaración de inconstitucionalidad del artículo 14 de la Resolución 6/2009 (que impone un tope sobre los montos mensuales a considerar) y solicitud de devolución de sumas por la aplicación de dicho tope sobre el haber previsional Nº 14-0-2577386-0-5; impugnación de la Resolución administrativa de fecha 05/11/2024 que desestimó el reclamo.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda de la actora. El tribunal consideró que la cuestión central —la inconstitucionalidad del artículo 14.2 de la Resolución 6/2009— devino abstracta porque la normativa cuestionada se encontraba derogada a la fecha de adquisición del derecho y, en consecuencia, no corresponde expedirse sobre la inconstitucionalidad peticionada. Se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios por $510.380 a favor del letrado de la actora; no se fijaron honorarios para la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "El fondo de la cuestión a decidir se limita a determinar si la aplicación del tope dispuesto por el artículo 14 de la Resolución 6/2009 de la Secretaría de la Seguridad Social, aplicado al haber determinado al actor, le genera una merma confiscatoria, luego de analizar la cuestión a la luz de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Actis Caporale, Laureano”, (Fallos: 323:4216, 307:1985; 312:194, entre muchos otros)." "En consideración al agravio traido a conocimiento por la parte actora relativo al pedido de inconstitucionalidad del artículo 14.2 de la Resolución 06/09, toda vez que a la fecha de adquisición del beneficio del actor, la normativa cuestionada se encontraba derogada (conf. art. 4 y 5 de la Resolución SSS 3/2021), deviene abstracto expedirse al respecto." "El tema decidendum, se tornó abstracto, pues el poder de juzgar ha de ejercerse en la medida en que perdure una situación de conflicto de intereses contrapuestos en el marco de un “caso” o “controversia” lo que impide su ejercicio cuando esas circunstancias desaparecen (cf. CSJN en Fallos 311:787), motivo por el cual se deben atender las circunstancias existentes al tiempo de adoptar una decisión, aunque ellas sean sobrevinientes a la interposición del recurso impetrado (cf. íd. p. ej. Fallos 318:0550 y 320:2603)."
- Observaciones sobre disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia está firmada por el juez de primera instancia que dicta el pronunciamiento.

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