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MIRGOR SACIFIA (TF 35170-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Mirgor SACIFIA impugnó sanción aduanera y la regulación de honorarios; la Cámara declaró desierto el recurso interpuesto por la demandada y confirmó la sentencia apelada, regulando además honorarios conforme al Considerando VI. La Cámara fundamentó la deserción en la insuficiencia de la expresión de agravios y confirmó la distribución de costas a la DGA.

Recurso directo Desierto Aduana Declaracion inexacta Tribunal fiscal de la nacion Costas Honorarios Art. 954 ca Cpccn art. 265 Regulacion de honorarios


¿Quién es el actor?

MIRGOR SACIFIA.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA) / Fisco Nacional.
- Objeto de la demanda: Recurso directo de organismo externo contra la resolución AD RIOG Nº 264/2014 que impuso multa ($16.327,61) y cargo por tributos (U$S 2.290,81), y apelaciones relativas a la regulación de honorarios del letrado Hernán Leonardo Cancellieri.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso interpuesto por la demandada y con costas (art. 68, primera parte del CPCCN) y se regularon los honorarios conforme al Considerando VI. Asimismo, se confirmó la sentencia apelada en cuanto revocó la resolución AD RIOG 264/2014.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En el sub examine, el núcleo de la decisión del Tribunal a quo para revocar la resolución (AD RIOG) 264/2014, se sustentó en que la firma importadora MIRGOR SACIFIA no efectuó las declaraciones de tránsito, de modo que mal se la puede considerar responsable de una declaración inexacta, toda vez que, a todo evento, la inexactitud surgiría de los tres tránsitos cuestionados en el acta de denuncia y todo lo que sucedió en el sumario infraccional en consecuencia." "En tales condiciones, y toda vez que la demandada no rebate, ni se hace cargo del verdadero fundamento de la sentencia impugnada, corresponde rechazar el recurso intentado y confirmar la sentencia apelada en todos sus términos." "Que, en punto a las costas, no se advierten razones para apartarse del principio objetivo de la derrota (cfme. art. 1163 del CA y art. 68, primer párrafo del CPCCN). ... SE CONFIRMAN los honorarios regulados a fs. 53 (cfme. arts. 6, 7, 9, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores, según ley 21.839, modificada por la ley 24.432). ... SE REGULAN los honorarios del Dr. Hernán Cancellieri en la suma de 1 UMA, que ... equivale ... a PESOS CIENTO DOS MIL SETENTA Y SEIS -$102.076-."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia; la Parte Resolutiva final expresa la decisión del órgano por mayoría.

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