MIRGOR SACIFIA (TF 35170-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Mirgor SACIFIA impugnó sanción aduanera y la regulación de honorarios; la Cámara declaró desierto el recurso interpuesto por la demandada y confirmó la sentencia apelada, regulando además honorarios conforme al Considerando VI. La Cámara fundamentó la deserción en la insuficiencia de la expresión de agravios y confirmó la distribución de costas a la DGA.
¿Quién es el actor?
MIRGOR SACIFIA.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA) / Fisco Nacional.
- Objeto de la demanda: Recurso directo de organismo externo contra la resolución AD RIOG Nº 264/2014 que impuso multa ($16.327,61) y cargo por tributos (U$S 2.290,81), y apelaciones relativas a la regulación de honorarios del letrado Hernán Leonardo Cancellieri.
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el recurso interpuesto por la demandada y con costas (art. 68, primera parte del CPCCN) y se regularon los honorarios conforme al Considerando VI. Asimismo, se confirmó la sentencia apelada en cuanto revocó la resolución AD RIOG 264/2014.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En el sub examine, el núcleo de la decisión del Tribunal a quo para revocar la resolución (AD RIOG) 264/2014, se sustentó en que la firma importadora MIRGOR SACIFIA no efectuó las declaraciones de tránsito, de modo que mal se la puede considerar responsable de una declaración inexacta, toda vez que, a todo evento, la inexactitud surgiría de los tres tránsitos cuestionados en el acta de denuncia y todo lo que sucedió en el sumario infraccional en consecuencia."
"En tales condiciones, y toda vez que la demandada no rebate, ni se hace cargo del verdadero fundamento de la sentencia impugnada, corresponde rechazar el recurso intentado y confirmar la sentencia apelada en todos sus términos."
"Que, en punto a las costas, no se advierten razones para apartarse del principio objetivo de la derrota (cfme. art. 1163 del CA y art. 68, primer párrafo del CPCCN). ... SE CONFIRMAN los honorarios regulados a fs. 53 (cfme. arts. 6, 7, 9, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores, según ley 21.839, modificada por la ley 24.432). ... SE REGULAN los honorarios del Dr. Hernán Cancellieri en la suma de 1 UMA, que ... equivale ... a PESOS CIENTO DOS MIL SETENTA Y SEIS -$102.076-."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia; la Parte Resolutiva final expresa la decisión del órgano por mayoría.
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