UZCATEGUI ROMERO, ORLANDO ANDRES c/ KLEIN, RODOLFO EDUARDO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado elevando la incapacidad sobreviniente a $7.000.000 y el daño moral a $2.000.000; confirmó lo demás y las costas se imponen a los emplazados.
¿Quién es el actor?
Orlando Andrés Uzcategui Romero.
¿A quién se demanda?
Rodolfo Eduardo Klein (con citación en garantía de La nueva Cooperativa de Seguros Limitada).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente en bicicleta ocurrido el 20/02/2020 (incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos, tratamiento kinesiológico, etc.).
¿Qué se resolvió?
la Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de grado para elevar la incapacidad sobreviniente a Pesos Siete millones ($7.000.000) y el daño moral a Pesos Dos millones ($2.000.000); confirmó lo demás resuelto en la instancia anterior; impuso las costas de alzada a los emplazados y reguló honorarios para letrados, peritos y mediadora conforme se detalla en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Sentado lo expuesto, a los fines de cuantificar la partida, ponderaré los siguientes elementos: a) que, al momento del hecho, Uzcategui Romero tenía 19 años, restándole 61 años de vida productiva ... estimo pues que la suma de $ 1.700.000 fijada para afrontar el resarcimiento de la incapacidad psicofísica sobreviniente, que estimo aparece fijada a valores actuales, aparece un tanto escasa, por lo que lo propicio al Acuerdo su elevación a la de $ 7.000.000 (cpr.165)"
"Así, en orden a lo arriba reseñado, ponderando las angustias y sufrimientos que debió soportar el actor, teniendo en cuenta lo que surge de las circunstancias y consecuencias del siniestro, estimo que la suma de $ 600.000 fijada en la anterior instancia a valores actuales aparece un tanto escasa; propongo al Acuerdo su elevación a la de $ 2.000.000 (cpr. 165)."
"Por lo que resulta de la votación que instruye el Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I. Modificar parcialmente la sentencia de grado para elevar la incapacidad sobreviniente a la suma de Pesos Siete millones ($ 7.000.000), daño moral a la suma de Pesos Dos millones ($ 2.000.000). II. Confirmarlo en lo demás que decide y fue materia de quejas, las costas de alzada se imponen a los emplazados."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; ambos jueces (Polo Olivera y Carranza Casares) votaron en el mismo sentido.
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