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NAVA TORREZ, LADDY MACELA (M) c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora apeló la liquidación de una indemnización por accidente laboral y la forma de actualización e intereses. La Cámara modificó la sentencia apelada disponiendo que el capital se ajuste según el considerando II (actualización por RIPTE hasta la liquidación y, en mora, interés equivalente al promedio de la tasa activa del BNA acumulable), impuso las costas a la demandada y reguló honorarios al 30% de los correspondientes en primera instancia.

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¿Quién es el actor?

NAVA TORREZ, LADDY MACELA (actora).

¿A quién se demanda?

SWISS MEDICAL ART SA (aseguradora).
- Objeto de la demanda: recurso por indemnización por accidente de trabajo (recurso ley 27.348) y discusión sobre la forma de actualización del capital y la tasa de interés aplicable; en primera instancia se había condenado a la aseguradora al pago de $490.447,21 más intereses desde la fecha del accidente (21/5/2020).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada estableciendo que el capital se ajustará en la forma indicada en el considerando II (actualización por RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación y, en caso de mora, interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA acumulable). Además impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de los que les correspondan por su actuación en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Como es sabido, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales. Es por eso que, en el acta 2764 CNAT se aclaró expresamente que 'lo sugerido en este acuerdo es para aquellos créditos que no tengan un régimen legal en materia de intereses aplicable'. Similar aclaración efectuó esta Cámara en la reciente Acta nº 2783." "En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: '... 2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.'" "Propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la L.O mediante el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral (artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 12, inc. 3 de la ley 24.557); c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en la parte resolutiva; la Sra. Jueza Pinto Varela manifestó en su voto que, por economía procesal, adhiere al voto que propone la modificación pese a haber sostenido previamente otro criterio en otra causa.

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