VELIZ, ROSANA BEATRIZ c/ CONFEDERACION ODONTOLOGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (C.O.R.A.) s/DESPIDO
Reclamó la trabajadora por despido contra la Confederación Odontológica de la República Argentina (C.O.R.A.). La Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró justificado el despido, excepto en cuanto reguló los honorarios de la perito contadora, que fueron incrementados.
¿Quién es el actor?
Veliz Rosana Beatriz (actora).
¿A quién se demanda?
Confederación Odontológica de la República Argentina (C.O.R.A.).
- Objeto de la demanda: acción por despido (impugnación de la extinción del vínculo laboral y pretensiones indemnizatorias).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios, con excepción de los estipendios regulados a la perito contadora (que se elevaron conforme al considerando III). Asimismo, la Cámara fijó costas y honorarios de alzada conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En primer lugar, es dable señalar que no es materia de debate que la relación laboral mantenida entre las partes se extinguió por decisión de la empleadora, mediante misiva telegráfica de fecha 11 de febrero de 2022."
2) "Así, la accionada en su escrito de contestación de demanda adjuntó copia de 14 apercibimientos, 1 suspensión por un día y 1 suspensión por 2 días, todas ellas por llegadas tarde, las que fueron oportunamente comunicadas por vía telegráfica. En fecha 8 de julio de 2023 las firmas fueron reconocidas por la accionante."
3) "Dichos testimonios, a mi entender, adquieren pleno valor suasorio por tratarse de sujetos presenciales de los hechos relatados y no se invocó –y menos aún se acreditó
- mendacidad en sus dichos (arts. 90 L.O. y 386 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
4) "Tal es lo que sucede en el caso de autos, pues, existió un hecho actual (una nueva impuntualidad) que, ponderado a la luz de los numerosos antecedentes desfavorables del actor, justificó la decisión patronal de despedir."
5) Consideración sobre honorarios periciales: "En atención al mérito e importancia de los trabajos realizados, los honorarios regulados a la perito contadora lucen reducidos, por lo que sugiero elevarlos a la suma de $4.218.000 –equivalente a 63,48 UMAS
- (art. 21 y conc. de la ley 27.423 y art. 38 de la L.O.)."
- Votos en disidencia: no se registra voto en disidencia; ambos jueces adhieren al mismo pronunciamiento.
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