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LEDEZMA, BERNARDINO AMANCIO c/ NEW I & C S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Demanda por despido y condena a indemnización por parte del actor Bernardino Amancio Ledezma contra NEW I & C S.R.L. y otro. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo recurrido pero ordenó recalcular las pautas de adecuación de la suma diferida a condena conforme al considerando III; además confirmó costas y honorarios de alzada.

Despido Indemnizacion Intereses laborales Capitalizacion Ripte Ipc Ley 23.928 Art. 771 ccycn Costas y honorarios Apelacion


¿Quién es el actor?

Bernardino Amancio Ledezma.

¿A quién se demanda?

NEW I & C S.R.L. y otro.
- Objeto de la demanda: reclamo por despido y condena a pago de suma indemnizatoria (liquidación de condena y accesorios, intereses).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue materia de recurso y agravios, con excepción de las pautas de adecuación de la suma diferida a condena, que deberá calcularse en los términos del considerando III; además impuso costas y honorarios de alzada conforme al considerando IV y ordenó notificar conforme Ley 26.685 y providencias de la CSJN.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "De conformidad con los límites a los que se halla ceñida la intervención de este Tribunal, se impone recordar que en la sentencia de la Sala IX de esta Cámara, de fecha 10/08/2023, se resolvió condenar a las demandadas a abonar a Bernardino Amancio Ledezma la suma de $2.303.046,10 (PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL CUARENTA Y SEIS CON DIEZ CENTAVOS), importe que llevará 'intereses desde que cada concepto que la integra es exigido, conforme las tasas previstas mediante Actas CNAT 2658, 2630 y 2601, con más la capitalización dispuesta por Acta Nro. 2764 CNAT, la que deberá realizarse desde la fecha de notificación de la demanda y con una periodicidad anual, todo ello hasta el momento de practicarse la liquidación prevista por el art. 132 de la L.O. y vencido el plazo de la intimación de pago, sin perjuicio de la eventual aplicación del inc. c) del art. 770 en el caso de corresponder.'" "Por otra parte, es necesario señalar que la Corte Suprema de la Justicia de la Nación ha fijado su posición al respecto ... en los cuales estableció ciertas pautas al respecto, a saber: que lo atinente a los intereses aplicables a los créditos laborales es un arbitrio tendiente a obtener una ponderación objetiva de la realidad económica a partir de pautas de legítimo resarcimiento ... que la capitalización periódica y sucesiva de intereses a lo largo del juicio no encuentra sustento en las disposiciones del CCyCN, sino que la disposición del art. 770 inc. b) supone una acumulación desde la fecha de la notificación de la demanda (cons. 5°, fallo 'Oliva'); que si el resultado en la solución se vuelve injusto objetivamente debe ser corregido por los magistrados (cons. 7°, fallo 'Lacuadra'); y que una interpretación distinta no puede apartarse de la solución legal prevista sin declarar su inconstitucionalidad (cons. 5°, fallo 'García')." "Tal decisión impone la adecuación del capital de condena a través de una pauta de razonabilidad ... corresponde establecer mediante la aplicación del indicador salarial ... 'Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables' (Ripte) ... con más un 7% anual de interés puro sobre el capital, sin perjuicio de las facultades previstas en el art. 771 del CCyCN."
- Votos y discrepancias: ambos jueces (Díez Selva y Guisado) firmaron la resolución de la Cámara. En el voto de Díez Selva se expone un criterio crítico sobre la inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928 y propone pautas alternativas (IPC más 3% anual y eventualmente reducción del 30%), pero por la doctrina de mayoría la Cámara adoptó la adecuación conforme al considerando III (pautas allí expuestas) y la parte resolutiva es la que rige como decisión de la Sala.

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