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PORTILLO, NESTOR FABIAN c/ HELADERIA MODENA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Demanda por despido contra Heladería Módena S.R.L. y sus responsables humanos. La Cámara modificó la sentencia para rechazar la demanda contra Andrea V. Segretti, Pablo D. Sagretti y Juan C. Sagretti y ordenó adecuar el capital de condena según el considerando IV, confirmando el resto del fallo.

Despido Responsabilidad de socios Extension de responsabilidad Adecuacion del capital Ipc Intereses Costas Honorarios Recurso de apelacion Heladeria modena s.r.l.


¿Quién es el actor?

Néstor Fabián Portillo.

¿A quién se demanda?

Heladería Módena S.R.L. y codemandados humanos Andrea Verónica Segretti, Pablo Daniel Sagretti y Juan Carlos Sagretti.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (acción laboral) y condenas derivadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia rechazando la demanda contra las personas humanas codemandadas (Andrea V. Segretti, Pablo D. Sagretti y Juan C. Sagretti) en todas sus partes; dispuso la adecuación del capital de condena conforme al considerando IV; confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás objeto de apelación; dejó sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios de primera instancia; y determinó costas y honorarios de ambas instancias conforme al considerando V.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) Sobre la extensión de responsabilidad a las personas humanas (considerando III): "la existencia de una deuda salarial por parte de ... o la omisión de ingresar los aportes en tiempo y forma, son incumplimientos contractuales de la sociedad empleadora, pero que no configuran maniobras defraudatorias que puedan imputársele a título personal al presidente de aquélla, en los términos de los arts. 54, 59 y 274 LSC". "no hallando motivo alguno que permita apartarme de dicha doctrina en el presente caso concreto, considero que la extensión de responsabilidad a las personas humanas codemandadas carece de sustento, y por ende, corresponde hacer lugar al agravio y disponer el rechazo de la demanda contra Juan Carlos Sagretti, Pablo Gabriel Sagretti y Andrea Verónica Sagretti." 2) Sobre la adecuación del capital e intereses (considerando IV): "sugiero declarar la invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928 (modificado por el art. 4° de la ley 25.561), y actualizar el capital de condena desde la fecha de su exigibilidad y hasta la de su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período." El voto también advierte: "si ... la liquidación ... arrojara un resultado más gravoso para la demandada ... habrá de tomarse como límite del monto total de condena la suma que surja ... a fin de evitar caer en una reformatio in pejus." 3) Sobre costas y honorarios (considerando V): "corresponde dejar sin efecto la imposición de costas y regulación practicada en primera instancia (art. 279 CPCCN) ... las costas de ambas instancias deben quedar a cargo de la demandada Heladería Módena S.R.L. respecto de la acción seguida en su contra, vencida en lo sustancial. Sin embargo, respecto de la acción contra las personas humanas codemandadas, las costas de ambas instancias deben imponerse en el orden causado." Asimismo fija porcentajes para honorarios de origen y de alzada (porcentajes y UMA conforme texto).
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; ambos jueces (Manuel P. Díez Selva y Silvia E. Pinto Varela) adhirieron al mismo acuerdo.

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