COROMINA, NAHIR MELINA ELISABET c/ MARTIN Y CIA S.A. s/DESPIDO
La actora apeló la imposición de costas y la regulación de honorarios tras un juicio por despido. La Cámara modificó la imposición de costas y las declaró en el orden causado, impuso las costas de la alzada por su orden y reguló los honorarios de cada representación en esta instancia en el 30% de lo que perciban en la anterior más IVA.
¿Quién es el actor?
COROMINA, NAHIR MELINA ELISABET.
¿A quién se demanda?
MARTIN Y CIA S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por despido.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la imposición de costas dispuesta en la sentencia definitiva del 19/11/2024 y se declararon en el orden causado; se impusieron las costas de la alzada por su orden; y se reguló a cada representación letrada (actora y demandada), por su actuación en esta instancia, el 30% de lo que en definitiva les corresponda percibir por su labor en la instancia anterior, más el IVA en su caso. Se ordenó registrar, notificar y remitir las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"En lo que respecta a las costas, si bien es mi criterio que la sola condición de trabajador no supone, como principio, la inaplicabilidad de las reglas generales en materia de costas, ni que éstas no puedan alcanzarlo bajo ninguna circunstancia en orden a preservar su derecho de acceso a la jurisdicción, también lo es que su distribución en el marco de un proceso atinente a sus derechos laborales no podría ser evaluada con prescindencia de los principios generales en la materia y la protección que cabe profesar respecto del trabajador en orden a procurar el pleno goce de los derechos que las normas sustanciales le reconocen."
"Desde esta perspectiva, en tanto las circunstancias del caso permitan advertir que la actora pudo considerarse asistida de derecho a demandar como lo hizo
- y es criterio de este tribunal que ello supone mérito suficiente para eximirla de la regla general prevista en el primer párrafo del art. 68 del CPCCN -, propicio modificar la imposición de costas dispuesta en grado y declararlas en ambas instancias en el orden causado (conf. mismo artículo, 2º párr.), a cuyo fin propongo regular a cada representación letrada
- actora y demandada -, por su actuación en esta instancia, el 30% de lo que en definitiva le corresponda percibir por su labor en la anterior, más el IVA en su caso (conf. art. 14 de la ley 21.839...)."
"Respecto de los honorarios cuestionados, considero que el porcentaje asignado resulta proporcionado a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas, por lo que he de proponer también su confirmación."
- Votos en disidencia: No existe disidencia registrada; la Dra. Diana R. Cañal adhirió al voto que antecede.
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