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GONZALEZ, OMAR AGAPITO c/ CLUB ATLETICO RIVER PLATE s/DESPIDO

El actor demandó por relación de dependencia y despido contra Club Atlético River Plate. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, impuso las costas de Alzada y reguló honorarios en un 30% con más IVA.

Despido Relacion de dependencia Policia adicional Prueba informativa Costas de alzada Honorarios Iva Confirmacion de sentencia Articulo 68 cpccn Derecho laboral


¿Quién es el actor?

González Omar Agapito.

¿A quién se demanda?

Club Atlético River Plate.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reconocimiento de relación de dependencia/ despido y percepciones salariales (pretensión de acreditar vínculo laboral distinto del servicio de Policía Adicional y cobro de remuneraciones).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue motivo de apelación y agravios; impuso las costas de la Alzada en el orden causado; reguló los honorarios de la representación y patrocinio de las partes por sus trabajos en esta instancia en el 30% de lo que les corresponda percibir por su labor en la instancia previa, con más el impuesto al valor agregado; y ordenó cumplimiento de normas administrativas (art. 1º Ley 26856 y Acordada CSJN Nº 15/2013).
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "Considero que el actor no acreditó con la prueba rendida, que hubiera prestado servicios para la demandada en las condiciones reseñadas en la demanda, por lo que propongo confirmar la sentencia en lo que ha sido motivo de apelación y agravios." "Asimismo, observo que surge de la prueba informativa librada a la Policía Federal, que la misma informa que el actor es personal de la Institución, ostentando el grado de Suboficial Escribiente... cumpliendo funciones como chofer de móvil policial, con horario de 12 horas de servicio por 36 horas francas." "Por lo tanto, siendo el actor un sujeto de preferente tutela, con mayor razón los jueces debemos ser cautos a la hora de determinar las costas en contra del mismo... Por lo tanto, propongo desestimar el agravio de la accionada e imponer las costas de Alzada en el orden causado." "En definitiva y por lo que antecede, auspicio: I. Confirmar la sentencia en lo que ha sido motivo de apelación y agravios. II Imponer las costas de la Alzada en el orden causado (art. 68 del CPCCN). III Regular los honorarios... en el 30%... con más el impuesto al valor agregado; IV Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 1º de la ley 26856 y con la Acordada... Nº 15/2013."
- Votos: La Dra. Diana R. Cañal dictó el voto principal y el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió. No hubo disidencia relevante.

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