AMAN, ANIBAL GUSTAVO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamo por enfermedad profesional contra Galeno ART S.A.; la Cámara modificó la sentencia y fijó la condena en $2.284.241,86, disponiendo la adecuación desde la fecha indicada en grado y dejando sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Aníbal Gustavo Aman.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por enfermedad profesional (acción fundada en la ley especial de riesgos del trabajo).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada y fijó el monto de condena en $2.284.241,86, que se adecuará desde la fecha dispuesta en grado conforme lo indicado en el considerando II; dejó sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios de primera instancia; y dispuso costas y honorarios de ambas instancias conforme lo resuelto en el Considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"Respecto a la adecuación del capital de condena, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales... dicha acta... resulta inaplicable a las indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedades profesionales cuya primera manifestación invalidante fuera posterior a la entrada en vigencia de la ley 27.348, en tanto esta última contiene un 'régimen especial en materia de intereses'."
"En consecuencia y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia... a) el capital de condena se actualizará desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación... por el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina... acumulándose los intereses al capital en forma semestral..."
"Así las cosas, y de acuerdo a los datos obrantes... el actor percibió... un salario base mensual de $52.795,83... Atento al IBM propiciado, el nuevo resultado de la fórmula indemnizatoria alcanzaría a $1.903.534,89... A esa cantidad se le debe agregar el adicional del 20% previsto en el art. 3º de la ley 26.773 ($380.706,97), por lo que cabe diferir a condena la suma total de $2.284.241,86, más los intereses antes propuestos."
"El nuevo resultado del pleito propiciado conduce a dejar sin efecto lo decidido sobre costas y honorarios, procediéndose a su determinación en forma originaria (art. 279 CPCCN).... Dado que la parte demandada resultó vencida en lo sustancial del reclamo... propongo que las costas de grado sean a cargo de la accionada; mientras que las costas de Alzada... sean distribuidas en el orden causado..."
- Votos: El voto del Dr. Manuel P. Diez Selva expone la propuesta mayoritaria y los cálculos que conducen a fijar la condena en $2.284.241,86; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhiere al voto precedente en lo esencial (aunque dejó constancia de criterio distinto, adhiere por economía procesal). No hubo disidencia mayoritaria que modifique lo resuelto.
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