Logo

TAPIA MOLINA, CAROLINA DANIELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó la actora contra la ART por reconocimiento de incapacidad psicofísica derivada de un accidente; la Cámara confirmó la sentencia de grado que fijó una incapacidad del 7,34% de la T.O., apoyándose en el peritaje médico y en la prueba documental.

Incapacidad Art Baremo Peritaje medico Causalidad Incapacidad psicofisica Costas Honorarios de alzada Confirmacion de sentencia Ley de riesgos del trabajo


¿Quién es el actor?

Tapia Molina, Carolina Daniela (actora / apelante).

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (ART / demandada).
- Objeto de la demanda: Reconocimiento e indemnización por incapacidad psicofísica derivada de un accidente de trabajo; discusión sobre el porcentaje de incapacidad y su adecuación al Baremo de la ley de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo aquello que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso costas y honorarios de alzada conforme lo indicado en el considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "La perita médica señaló en su informe de fecha 13 de agosto de 2024, sobre la base del examen clínico y los estudios complementarios solicitados (RNM tobillo derecho, radiografías de ambos tobillos comparativas de frente y perfil y estudio psicodiagnóstico), que la actora presenta limitación funcional de tobillo derecho que lo incapacita en un 4% de la T.O. En torno a la faz psíquica, la galena detectó la presencia de una '…Reacción Vivencial Anormal Neurótica grado I/II…', a la que le adjudicó un 3% de minusvalía. Por otra parte, la perita fue contundente al expresar que '…teniendo en cuenta la documentación médica agregada a lo actuado, podría guardar relación causal con el accidente sufrido por la actora, según lo manifestado en los autos, y que originó la presente litis…'" "Conviene recordar que, para apartarse de la valoración de la perita médica, el juez debe encontrar sólidos argumentos, ya que se trata de un campo del saber ajeno al hombre de derecho, y aunque no son los peritos médicos los que fijan la incapacidad, sino que ella es sugerida por la experta y determinada finalmente por el juzgador, basándose en las pruebas que surgen del expediente y las normas legales de aplicación, su informe resulta el fundamento adecuado para la determinación de la minusvalía que se ordena reparar (CNAT, Sala II, 30/8/96, 'Protta, Fernando c/ Banco Hipotecario Nacional s/ accidente
- acción civil')." "Por las consideraciones aquí expuestas, y toda vez que la sentencia se funda en el peritaje médico que se sustenta –a su vez
- en los exámenes complementarios efectuados a la demandante y en precisas consideraciones médico legales, cuyas sólidas conclusiones no fueron desvirtuadas por las impugnaciones vertidas por la recurrente, propicio confirmar el porcentaje de minusvalía psicofísica."
- Respecto de las costas y honorarios: el tribunal sostuvo que correspondía imponer las costas de alzada a la demandada y propuso fijar los honorarios de las representaciones letradas en el 30% por las labores en esta etapa recursiva (considerando III).
- Votos: ambos jueces (Dr. Manuel P. Díez Selva y Dra. Silvia E. Pinto Varela) votaron por confirmar la sentencia de grado en todo; no se registran disidencias.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar