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ACUÑA, EVARISTO JOSE c/ PROVINCIA ART S.A. s/INTERRUMPE PRESCRIPCION

Reclamó un trabajador por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. pidiendo indemnización por incapacidad; la Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por ausencia de incapacidad resarcible, por considerarla insuficientemente fundada frente al peritaje médico. Asimismo, la Cámara impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios.

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¿Quién es el actor?

ACUÑA, EVARISTO JOSÉ (actor apelante).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A. (aseguradora/parte demandada).
- Objeto de la demanda: demanda por accidente de trabajo solicitando indemnización por incapacidad derivada del siniestro.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo aquello que fue materia de recurso y agravios, impuso las costas de la instancia por el orden causado y reguló los honorarios de los profesionales en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en el fallo): "La magistrada de grado anterior desestimó la pretensión inicial del trabajador. Para así resolver, destacó que el perito médico había señalado la ausencia de incapacidad laboral vinculada con el hecho, y las impugnaciones vertidas por la parte actora no resultaban suficientes para desvirtuar las conclusiones allí expuestas." "Repárese en que el recurrente se limita simplemente a discrepar de la solución dispuesta en grado, sin efectuar una crítica concreta y razonada de los fundamentos tenidos en cuenta por la magistrada anterior para desestimar el reclamo, en los términos expuestos en el fallo." "En definitiva, el apelante se limita a calificar de 'arbitraria' a la pericial médica obrante en autos, pero sin fundamentar dicha afirmación o -cuanto menos
- referir cuál sería la sintomatología indicativa de secuelas psicofísicas que presentaría y habrían escapado al análisis del experto, o en qué errores habría incurrido el galeno. En este sentido, las manifestaciones efectuadas por el recurrente no logran enervar los fundamentos científicos sobre los que se apoya el dictamen médico." "En función de lo expuesto, deviene inatendible la petición de sorteo de un nuevo perito médico." (Voto del Dr. Manuel P. Díez Selva; el Dr. Héctor C. Guisado adhiere: "Por análogos fundamentos, adhiero al voto que antecede.")
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución es acordada por mayoría (los dos jueces firmantes).

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