GERVASONI, ROGELIO DIONISIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor por prestaciones derivadas de un siniestro laboral y cálculo del ingreso base mensual. La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de la aseguradora y reguló costas y honorarios de alzada en el 25% sobre lo percibido en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
GERVASONI ROGELIO DIONISIO.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: reclamo por prestaciones derivadas de enfermedad o accidente laboral y, en particular, discusión sobre el cálculo del Ingreso Base Mensual (IBM) aplicable para determinar prestaciones.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue materia de apelación y agravios; impuso costas de alzada por su orden y reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte demandada en el 25% sobre lo que le corresponda percibir por sus actuaciones en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"De acuerdo a la directiva que emana del art. 12 de la LRT, el ingreso base mensual se calcula teniendo en consideración las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, devengadas en los 12 (doce) meses anteriores a la primera manifestación invalidante."
"Considero que, en el caso, el IBM se ajusta a los parámetros que establece la norma en cuestión. Obsérvese que es la Administración Federal de Ingresos Públicos el órgano que, justamente, informa cuáles son las remuneraciones de los trabajadores sujetas a aportes y contribuciones."
"En efecto, no puede perderse de vista que el informe emitido por AFIP resulta un medio imparcial proveniente de un organismo oficial (que justamente informa y da cuenta de las remuneraciones brutas de los trabajadores sujetas a aportes y contribuciones), y es utilizado habitualmente por este Tribunal a los fines del cálculo del IBM."
Además, el fundamento aclara que no prospera el agravio relativo a la aplicación de las resoluciones SSS 1039/19 y 332/23, señalando que "es criterio de este Tribunal efectuar el cálculo establecido en el decreto 669/19." Por ausencia de réplica se impusieron las costas de alzada por su orden y se reguló honorarios en el 25% por la actuación de la parte demandada en este tramo procesal.
- Disidencias: No consta voto en disidencia; los votos registrados adhieren al acuerdo que figura en la parte resolutiva.
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