MORENO, MARISA JULIETA c/ FUNDACION CLUB HINDU ASOC. CIVIL Y OTRO s/DESPIDO
Reclamó indemnizaciones por despido y rubros conexos contra Familia de Cocineros SRL y Fundación Club Hindú por relación laboral en un restaurante concesionado. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a ambas codemandadas al pago de $206.603 más intereses, con entrega de certificado de trabajo y costas a los empleadores vencidos.
¿Quién es el actor?
MORENO MARISA JULIETA.
- Demandados: FAMILIA DE COCINEROS SRL (empleador directo) y FUNDACION CLUB HINDU ASOCIACION CIVIL (codemandada).
- Objeto de la demanda: cobro de indemnizaciones por despido e ítems laborales (indemnización por antigüedad, preaviso, SAC, vacaciones no gozadas, multas e incrementos legales, certificación de servicios y remuneraciones). Fechas relevantes: ingreso 15/11/2010; egreso/fecha de despido comunicada 23/12/2014; notificación de la demanda 02/12/2016; intimación 23/03/2016. Monto principal liquidado: $206.603.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó solidariamente a FAMILIA DE COCINEROS SRL y FUNDACION CLUB HINDU ASOCIACION CIVIL a pagar a la actora la suma de $206.603 dentro del quinto día por depósito judicial, con intereses según la metodología indicada en el fallo; se ordenó a FAMILIA DE COCINEROS SRL entregar el certificado de trabajo bajo apercibimiento de astreintes; se impusieron las costas a los demandados vencidos y se reguló honorarios conforme lo consignado en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"No resulta materia de debate que la demandante y la demandada FAMILIA DE COCINEROS SRL se hallaron vinculados por un contrato de trabajo, el cual finalizó por decisión de la demandada en los siguientes términos el 23/12/2014: '…Ante reiteradas inasistencias injustificadas, llegadas tardes, y retiros antes de hora inconsultos, desconocimiento sistemático de ordenes pertinentes de servicio, habiéndose constatado el arrojo a la basura mercadería destinada a la venta en numerosas oportunidades ... queda Ud. despedido a partir de la fecha por su exclusiva culpa.'"
"En el presente caso, estimo que existe solidaridad en los términos del art. 30 LCT a los fines de afrontar las obligaciones derivadas de la relación laboral existente entre la accionante, pues prestaba servicios para el concesionario, en el restaurante que funcionaba dentro de Fundación Club Hindú y la codemandada se encargaba de dicha entidad."
"Dada la situación de rebeldía en la que se encuentra Familia de Cocineros SRL ... y dada la ausencia de prueba que acredite los motivos que llevaron a dicha empresa a despedir la actora con causa, la desvinculación por ella decidida resulta injustificada."
"En lo atinente a la multa del art. 1 de la ley 25.323, la misma ha de prosperar por cuanto dada la situación procesal en la que se encuentra la empleadora, se ha tenido por cierta la existencia de una deficiente registración del actor."
"El monto resultante [de la liquidación] TOTAL: $ 206.603."
- Citas textuales importantes incluidas arriba. No existen votos en disidencia; decisión única del Juzgado.
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