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ORTIGOZA, ADRIAN MAXIMILIANO c/ TECNOSEG S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor demandó por despido y reclamó diferencias salariales por horas extras y otros rubros. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo principal, excepto que modificó la forma de cálculo de los intereses y reguló honorarios y costas conforme al fallo.

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¿Quién es el actor?

Ortigoza, Adrián Maximiliano.
- Demandadas: TECNOSEG S.A. y SANATORIO MODELO DE CASEROS S.A. (y perito contador por sus honorarios).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y cobro de diversos créditos laborales, en particular diferencias por horas extras, carácter remuneratorio de viáticos, indemnizaciones y multas, y honorarios/peritajes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo principal que fue materia de recursos y agravios, excepto que modificó la forma de cálculo de los intereses (se ordenó aplicar el CER desde la exigibilidad hasta el pago efectivo, según el considerando) y reguló distintas cuestiones relativas a costas y honorarios (dejando sin efecto regulaciones previas y fijando montos en UMA para honorarios de primera instancia y un 30% para los profesionales por la actuación en la anterior instancia). Se impusieron las costas de Alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario): "En síntesis, teniendo en cuenta que la demandada abono horas adicionales, siendo que las horas extras son prestaciones extraordinarias ajenas al desenvolvimiento normal del contrato de trabajo, es que en el caso la prueba debió ser clara y contundente, que no dejara lugar a dudas respecto a las fechas, periodos y cantidad de horas extras supuestamente cumplidas por el trabajador y no pagadas por la empleadora; aspectos que -como hice notar
- no se evidencian en el caso, máxime cuando el actor tampoco dio precisión concreta en la demanda ya que solo se limitó a decir que trabajaba '… 192 horas normales, mas 48 horas extraordinarias mensuales repartidas en forma variable en el mes…' ; sin que los testigos ratifiquen claramente esa versión (arts. 377 y 386 del CPCCN; 198 y concordantes de la LCT y de la ley 11544)." "En cambio, es procedente el agravio sobre los intereses. De conformidad con lo resuelto por esta Sala en autos 'VILLANUEVA NÉSTOR EDUARDO C/PROVINCIA ART SA Y OTRO' (Expte.65930/2013, SD del 15/8/2024), a cuyos fundamentos me remito, propongo que al crédito del actor se le adicione como interés moratorio, exclusivamente el CER, desde la exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago; lo que conduce a modificar este aspecto de la sentencia." "Por las razones expuestas propongo en este voto: 1) Confirmar la sentencia apelada en lo principal que decide y fue materia de recursos y agravios, excepto los intereses que se calcularan de la forma establecida en el considerando respectivo. 2) Confirmar lo resuelto en materia de costas procesales y dejar sin efecto las regulaciones de honorarios. 3) Regular los honorarios de primera instancia de la parte actora, demandadas TECNOSEG SA., SANATORIO MODELO DE CASEROS SA y perito contador en 73,24 UMA ($4.953.367,68.-), 63,18 UMA ($4.272.989,76.-), 63,18 UMA ($4.272.989,76.-) y 17,56 UMA ($1.187.617,92.-) a valores del presente. 4) Imponer las costas de Alzada en el orden causado. 5) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda por su actuación en la anterior instancia (artículos 68 y 279 del Código Procesal; 21, 30, 51 y concordantes de la ley 27423)."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; el Dr. Víctor A. Pesino adhiere al voto que antecede.

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