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GALARZA, WALTER MATIAS c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor determinación de incapacidad y pago de indemnización por accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia de grado para recalcular los intereses conforme al criterio del considerando II, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en UMAs y por Alzada.

Riesgos del trabajo Incapacidad Intereses moratorios Cer Umas Costas Honorarios Apelacion Inconstitucionalidad decreto 669/19 Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Galarza, Walter Matías.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso ley 27348 contra resolución de la Comisión Médica nº 10 y condena por incapacidad derivada de accidente de trabajo (accidente fecha 01.06.2023), con liquidación de crédito por $1.590.280,66 y discusión sobre intereses y accesorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para determinar que "los intereses del crédito se calculen conforme los lineamientos del considerando II", impuso las costas de primera instancia a la demandada, reguló honorarios de los letrados y del perito en UMAs (30 UMAs para la parte actora; 28 UMAs para la demandada; 10 UMAs para el perito), fijó las costas de Alzada en el orden causado y reguló los honorarios de los letrados que actuaron ante la Cámara en el 30% de lo ya fijado en origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Viene en apelación la parte demandada, a mérito del memorial incorporado a fs. 41/72, que no mereció réplica de la contraria." "Por ello y demás argumentos expuestos en la sentencia referida, que aquí se dan por reproducidos en homenaje a la brevedad, propongo se declare la inconstitucionalidad de los apartados 2° y 3° del artículo 12 de la ley 24557 -según la redacción del artículo 11° de la ley 27348
- y se determine que, al crédito del actor ($1.590.280,66.-), se le adicione como interés moratorio, el CER, desde la fecha de su exigibilidad (fecha del accidente: 01.06.2023), hasta el efectivo pago." "En virtud de lo dispuesto en el art. 279 CPCCN corresponde emitir un nuevo pronunciamiento sobre costas y honorarios." "Por las razones expuestas, propongo se modifique la sentencia apelada y se determine que los intereses del crédito se calculen conforme los lineamientos del considerando II.-; se impongan las costas de primera instancia a cargo de la demandada vencida (art. 68, CPCCN); se regulen los honorarios ... de la parte actora en 30 UMAs, de la parte demandada en 28 UMAs, y los del perito médico en 10 UMAs ...; se impongan las costas de Alzada por su orden ... y se regulen los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de lo que les fueron fijados por su actuación en origen (art. 30, Ley 27.423)."
- Votos y disidencias: Los dos votos que aparecen (Dr. Víctor Arturo Pesino y Dra. María Dora González) adhieren en los términos expuestos y constituyen la decisión de la Cámara; no consta disidencia en el texto.

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