MORENO SUAREZ, NELIDA ESTELA c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora promovió demanda por accidente de trabajo contra EXPERTA ART S.A. en el marco de la Ley especial. La Cámara confirmó la sentencia de grado, impuso las costas de Alzada por su orden y reguló honorarios de la representación letrada en el 30% de lo que corresponda por lo actuado en la anterior instancia.
¿Quién es el actor?
MORENO SUAREZ, NELIDA ESTELA.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo derivado de accidente (expediente caratulado "MORENO SUAREZ, NELIDA ESTELA C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL").
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la sentencia de grado en cuanto fue materia de recurso y agravio; impuso las costas de la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su labor ante la Cámara en el 30% de lo que le corresponda por lo actuado en la anterior instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
"En conclusión, por estos fundamentos, propongo confirmar el decisorio de grado en lo principal que decide."
Sobre la actuación del letrado que pretendió invocar su condición de "ex letrado apoderado": "Hágase saber al letrado renunciante que la notificación ordenada se encuentra a su cargo. Hágase saber al letrado renunciante que deberá continuar en su gestión hasta el momento de encontrarse vencido el plazo otorgado precedentemente, bajo apercibimiento de los daños y perjuicios que pudiere ocasionar (art. 53 inc. 2 del C.P.C.C.N.) …". El voto concluye que la resolución que intimó al letrado quedó notificada el 9/2/2023 y, por ello, la invocación de su carácter de "ex letrado apoderado" resulta inadmisible.
Respecto de la prueba médica y el fondo del pleito: "la trabajadora no logró acreditar la existencia de un daño resarcible a raíz del siniestro denunciado, en razón de que al no concurrir a la cita médica requerida por la galeno interviniente, se la tuvo por desistida de la prueba pericial médica por ella ofrecida y por renuente en la ofrecida por la contraria."
Sobre costas y honorarios: "En atención a la ausencia de réplica, propicio imponer las costas de la Alzada por su orden (cfr. art. 68, segundo párrafo, del C.P.C.C.N.) y regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo que le corresponda percibir por su actuación en la anterior instancia (arts. 16 y 30 de la ley 27.423)."
Adhesión: "Por compartir los fundamentos, me adhiero al voto que antecede."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; la resolución recoge el acuerdo mayoritario.
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