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OLMEDO, JORGE LUIS c/ FUMIGACION Y LIMPIEZA S.A. (ART 71 LO) Y OTRO s/DESPIDO

El actor demandó por despido a Fumigación y Limpieza S.A. y al Instituto Geográfico Nacional reclamando indemnizaciones por despido y rubros conexos. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia: dejó sin efecto la responsabilidad del Instituto Geográfico Nacional y elevó el capital de condena a $190.223,11, ordenando regular costas y honorarios en la forma dispuesta.

Despido Responsabilidad solidaria Instituto geografico nacional Art. 80 l.c.t. Indemnizacion Costas Honorarios Apelacion Camara nacional de apelaciones del trabajo Monto $190.223 11


¿Quién es el actor?

Olmedo, Jorge Luis.
- Demandados: Fumigación y Limpieza S.A. (ex empleador) y el Instituto Geográfico Nacional (codemandado).
- Objeto de la demanda: acción por despido y reclamos indemnizatorios, incluidos indemnización prevista en el último párrafo del art. 80 L.C.T., rubros derivados y costas/honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia: dejó sin efecto la condena solidaria del Instituto Geográfico Nacional; elevó el capital de condena a $190.223,11; dejó sin efecto lo resuelto en origen sobre costas y honorarios y las determinó originariamente conforme al acuerdo; impuso costas de la instancia anterior al ex empleador a su cargo y al Instituto Geográfico Nacional por su orden y comunes por mitades; reguló honorarios en los porcentajes y formas allí indicados; y dispuso las reglas de notificación aplicables.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): 1) Sobre la exclusión de la solidaridad del Instituto Geográfico Nacional: "la circunstancia que la reclamante haya prestado tareas de limpieza para la referida codemandada por sí mismo y en este supuesto en particular no justifica la extensión de la condena solidaria con la ex empleadora en los términos del artículo 30 de la L.C.T. ... las tareas de limpieza no pueden ser consideradas como pertenecientes o propias del giro normal y específico del instituto codemandado a los fines de extender la solidaridad con el empleador". 2) Sobre la procedencia de la indemnización del art. 80 L.C.T. y cálculo: "propongo condenar a la ex empleadora a abonar la indemnización fundada en el último párrafo de dicho artículo, monto que equivale a tres salarios ... modificar la sentencia en el sentido expuesto y hacer lugar a la indemnización del artículo 80 de la L.C.T. por la suma de $ 48.000 (Pesos cuarenta y ocho mil) ... por lo que el nuevo capital de condena asciende a la suma de $ 190.223,11 (Pesos ciento noventa mil doscientos veintitrés con once centavos)". 3) Sobre costas y honorarios: "Dejar sin efecto lo que decide en origen sobre costas y honorarios y determinar esas cuestiones de manera originaria... Imponer las costas originadas en la instancia anterior en el reclamo contra el ex empleador a su cargo y en el reclamo contra el Instituto Geográfico Nacional por su orden y las comunes por mitades... Regular por los trabajos desarrollados en primera instancia a la representación letrada de la parte actora y codemandada Instituto Geográfico Nacional y al perito contador, en el 18%, 11% y 8%, respectivamente, sobre el nuevo capital e intereses de condena... Regular por los trabajos efectuados ante esta Sede, a la representación letrada de cada una de las partes, el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda percibir a cada representación letrada por los trabajos desarrollados en la instancia anterior."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; el Dr. Mario S. Fera adhirió al voto del Dr. Pompa y el acuerdo se adoptó por mayoría.

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