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GONZALEZ, ARIEL NICOLAS (4C) c/ LOMA NEGRA CIASA s/DESPIDO

Reclamo laboral por despido y rubros indemnizatorios contra Loma Negra. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios del actor por falta de pruebas sobre jornada, licencias y salarios reclamada, e impuso costas al actor y reguló honorarios en 30% de lo percibido en la instancia anterior.

Recurso de apelacion Despido Ley 22.250 Horas extras Licencia cnrt/ansv Prueba de jornada Costas de alzada Honorarios 30% Negacion de pretensiones Derecho laboral.


¿Quién es el actor?

González Ariel Nicolás (demandante).

¿A quién se demanda?

Loma Negra Ciasa (accionada).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y rubros laborales (indemnizaciones previstas en la Ley 22.250, diferencias de haberes, horas extras, SAC proporcional, vacaciones no gozadas, y otros ítems).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la acción deducida por el actor; impuso las costas de alzada al actor y reguló los honorarios de las representaciones letradas en el 30% de las sumas que les corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "El actor expresa que 'la sentenciante de primera instancia rechazó la acción deducida, y para así decidir tuvo en consideración que el vínculo laboral se dio en el marco de la ley 22.250'. Destaca que el art. 35 de dicha norma prevé la aplicación supletoria de la LCT. Aduce que 'en caso de que la Ley 22.250 no contemple una situación específica, -como el de marras
- se pueden aplicar las normas generales de la LCT en materia de derechos laborales, obligaciones del empleador, modalidades de contratación, despido, indemnizaciones, y otros aspectos relacionados con la relación laboral.' ... Sin embargo, con dichas expresiones el apelante no expresa concretamente qué aspecto del pronunciamiento de origen sería erróneo, ni las razones por las que debería considerarse equivocado, lo que sella la suerte adversa del planteo (art. 116 LO)." "En lo que atañe a las horas extras, resulta correcto lo decidido en origen acerca de que el actor debía acreditar la jornada denunciada, de conformidad con lo previsto en el art. 377 CPCCN. Además, arriba firme que 'tratándose de reclamos basados en supuestos de excepción como lo es la extensión de la jornada normal de trabajo, cabe exigir prueba fehaciente de que tal prestación ha existido'; y que 'del cotejo de los recibos salariales que constan en el anexo Nro. 3251 (reconocidos por la actora a fs. 232) surge que desde el año 2015 la demandada abonó sumas en concepto de horas extra al 50% y al 100%, sin que se haya cuestionado –ni menos aún acreditado
- que hayan sido liquidadas de manera defectuosa'." "consultado ... respecto del Sr. GONZÁLEZ, Ariel Nicolás ... se informa que cuenta con la Licencia Nacional de Conducir Transporte Interjurisdiccional, encontrándose la misma INHABILITADA (fecha de vencimiento 04/06/2016) en categoría Cargas Generales" (contestación de oficio del 13/6/22). De dicha oficiaria se observan las leyendas 'Tenés que realizar el Curso de Cargas generales. Venció el 13/07/2016. Tenés que realizar el Examen psicofísico.' ... 'ha realizado los exámenes psicofísicos ... con resultado APTO ... Vigencia: 04/06/2016.'"
- Votos y disidencias relevantes: Los dos votos que integraron el Acuerdo (Dr. Héctor C. Guisado y Dr. Manuel P. Díez Selva) coincidieron en confirmar la sentencia de primera instancia; no se registran votos en disidencia en el texto provisto.

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