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BERON, EXEQUIEL ALEJANDRO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor contra GALENO ART S.A. por indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y fijó la condena en $3.088.889,09 más intereses desde el 9/1/2024, además de imponer costas a la demandada y regular honorarios conforme a lo dispuesto.

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¿Quién es el actor?

BERON EXEQUIEL ALEJANDRO.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente ocurrido el 15/3/2023 (recurso ley 27.348).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado y estableció el capital de condena en $3.088.889,09 más intereses desde el 9/1/2024 conforme la tasa indicada en el voto (promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, con capitalización semestral); dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios practicadas en origen, impuso las costas de ambas instancias a la demandada y reguló honorarios por las sumas y porcentajes señalados en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Dada la fecha del siniestro motivo del reclamo (15/3/2023), y al criterio recientemente adoptado por este tribunal en atención a la vigencia del Decreto 669/19, lo expresamente normado en su art. 3º -en consonancia con lo dispuesto por el art. 7 del CCyCN
- y toda vez que la propia ley 24557 ha delegado en el Poder Ejecutivo las facultades reglamentarias, corresponde, de conformidad con las modificaciones introducidas en la mencionada disposición normativa, sustituir el art. 12 de la ley de Riesgos del Trabajo y en su mérito, establecer su aplicación conforme la actual redacción al caso de autos." 2) "A partir de ello, corresponde considerar las remuneraciones del actor correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha del infortunio, actualizadas por el índice RIPTE, que asciende a la suma de $125.083,19... De tal modo, en atención a la base de cálculo resultante ($125.083,1963.468,76/27.419,24= $289.536,65), la edad del accionante al momento del suceso (31 años), y la minusvalía determinada (9,6%), la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557... asciende a $3.088.889,09..." 3) "Dicha suma ($3.088.889,09), desde la interposición del recurso ley 27.348 (9/1/2024) y hasta la efectiva cancelación, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, acumulándose los intereses al capital en forma semestral."
- Disidencias: No se registra disidencia; ambos vocales (Fera y Balestrini) coincidieron y el acuerdo fue rubricado por ambos.

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